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Actualidad Internacional

Inmunidad parlamentaria

Justicia italiana prohíbe utilizar grabaciones ocultas en juicios contra parlamentarios sin autorización del Parlamento

Dictaminó que los jueces necesitan el permiso del Parlamento para valorar como prueba judicial las grabaciones secretas hechas por particulares a los legisladores, protegiendo así la independencia de sus funciones frente a posibles presiones externas.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·25 de junio de 2026
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Imagen referencial

La Corte Constitucional de Italia acogió un recurso presentado por el Senado de la República contra el Tribunal de Modena, invalidando una orden judicial de 2024. Dicha resolución judicial pretendía incorporar a un proceso penal una serie de videograbaciones de conversaciones privadas que un particular realizó de forma oculta a un entonces senador. La magistratura constitucional determinó que la fiscalía o los jueces no pueden utilizar estos registros ocultos sin el permiso de la cámara respectiva.

A través de su sentencia, la Corte explicó que el artículo 68 de la Constitución italiana no busca proteger un beneficio personal del legislador, sino resguardar la independencia de la función parlamentaria frente a intromisiones de otros poderes del Estado. El fallo sostiene que la inmunidad también cubre los diálogos presenciales que son grabados en secreto por particulares que participan en la conversación, ya que acceder a estos elementos sin control interfiere de forma grave en las relaciones del parlamentario y puede generar presiones externas sobre su labor.

Para resolver este escenario, la Corte aplicó el mismo criterio que se utiliza con los mensajes guardados en dispositivos electrónicos. Esto implica que la policía o los jueces pueden incautar el aparato que grabó, pero necesitan obligatoriamente la autorización previa del Parlamento para extraer, revisar e incorporar formalmente el contenido de los audios o videos al expediente judicial.

Finalmente, el tribunal aclaró que el Parlamento debe fundamentar adecuadamente sus decisiones cuando otorgue o niegue este permiso. Si las autoridades judiciales consideran que el Poder Legislativo rechaza la autorización de forma abusiva o injustificada, mantienen a salvo su derecho de acudir nuevamente ante la Corte Constitucional para resolver la controversia. Esta regla rige de igual manera tanto si el particular grabó al parlamentario con fines de extorsión como si lo hizo para obtener una prueba por ser víctima de un delito.

Por estos motivos, la Corte concluyó que la adquisición y el uso de estas grabaciones altamente invasivas sin permiso del Parlamento violan la inmunidad protegida por el artículo 68 de la Constitución, la cual busca salvaguardar la independencia y libertad de la función legislativa frente a injerencias externas.

Vea sentencia Corte Constitucional de Italia.

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