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Actualidad Internacional

Histórica sanción

Justicia europea multa a Google con 4.100 millones de euros por abuso de posición dominante

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea desestimó de forma definitiva el recurso de Google y su matriz, Alphabet, contra la sanción por imponer condiciones restrictivas a fabricantes de teléfonos móviles, confirmando el fallo de instancia.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·05 de julio de 2026
Google multa de 4.100 millones unión europea
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) rechazó el recurso de casación presentado por Google y su empresa matriz, Alphabet, contra el fallo del Tribunal General que ratificó una sanción por conductas contrarias a la libre competencia. De esta manera, confirmó la multa de aproximadamente 4.125 millones de euros dictada contra la firma tecnológica por abusar de su posición de dominio en el mercado de los motores de búsqueda a través del sistema operativo Android.

El origen del conflicto se remonta al año 2018, cuando la Comisión Europea resolvió que Google utilizaba acuerdos de preinstalación y licencias de aplicaciones para forzar la presencia obligatoria de su buscador, Google Search, y de su navegador, Chrome, en los dispositivos móviles Android. La autoridad europea determinó que estas acciones constituían una infracción única y continua encaminada a proteger y potenciar los ingresos publicitarios de la compañía, aplicando originalmente una multa superior a los 4.300 millones de euros.

Posteriormente, el Tribunal General revisó el caso en primera instancia. Aunque los jueces validaron la existencia de una estrategia contraria a la competencia, anularon el reproche sobre los acuerdos de reparto de ingresos que condicionaban los pagos a la exclusividad del buscador de Google. Producto de esta anulación parcial de los cargos, el tribunal recalculó el monto global de la sanción económica y lo rebajó a la cifra que hoy queda ratificada definitivamente.

En su sentencia, el TJUE desestimó los argumentos de las empresas apelantes y dictaminó que la evaluación previa no contenía errores de derecho. El fallo establece que el contexto económico digital permite sancionar estas prácticas de preinstalación porque generan una permanencia automática que favorece las herramientas de Google, sin que la compañía lograra demostrar que dicha preferencia se debiera únicamente a la calidad de sus servicios o a la libre elección de las personas usuarias.

Finalmente, la sentencia validó la legalidad de los acuerdos que impedían a los fabricantes vender teléfonos con versiones alternativas o no autorizadas de Android, ya que estos contratos limitaban las opciones comerciales de otros desarrolladores y blindaban la posición monopólica de la empresa. El tribunal concluyó que el proceso respetó el derecho a la defensa de las firmas involucradas y que los abusos acreditados formaban parte de un plan comercial unificado para restringir la competencia en el mercado tecnológico.

Vea sentencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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