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Daño indemnizable
Justicia europea condena a Lituania por permitir cárceles clandestinas de la CIA en su territorio
Facilitó y cooperó en el traslado de un ciudadano saudí a Guantánamo, donde arriesga la pena de muerte en un proceso judicial sin garantías básicas, por la presunta comisión de actos terroristas.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) determinó que Lituania violó diversos derechos fundamentales al colaborar con la Agencia Central de Inteligencia de los Estados Unidos (CIA) en un programa de cárceles clandestinas. La resolución unánime establece la responsabilidad del Estado lituano en el caso de Abd Al Rahim Husseyn Muhammad Al Nashiri, un ciudadano saudí de origen yemení que actualmente permanece recluido en la base militar de Guantánamo, en Cuba.
El afectado enfrenta cargos en la justicia militar estadounidense por su presunta vinculación con atentados terroristas, entre ellos el ataque al buque USS Cole en el año 2000, arriesgando la pena de muerte. Los magistrados europeos acreditaron que el demandante estuvo privado de libertad de forma oculta durante más de cinco meses, entre 2005 y 2006, en una instalación secreta administrada por la CIA dentro del territorio de Lituania.
Durante dicho periodo, las autoridades locales no solo facilitaron el funcionamiento del recinto, sino que cooperaron activamente con las operaciones estadounidenses. Esto expuso al detenido a condiciones de aislamiento total e incomunicación, impidiéndole cualquier tipo de contacto con su familia. El fallo también sancionó a Lituania por haber permitido el posterior traslado del prisionero fuera de sus fronteras hacia otras jurisdicciones norteamericanas.
Los jueces indicaron que, al momento de autorizar la entrega en marzo de 2006, las autoridades ya conocían los cuestionamientos internacionales sobre las comisiones militares de los Estados Unidos y el riesgo real de que el detenido enfrentara un juicio sin garantías básicas o fuera condenado a la pena capital.
De este modo, la sentencia concluyó que se infringieron los artículos de la Convención Europea de Derechos Humanos que garantizan el derecho a la vida, el derecho a un juicio justo, el respeto a la vida privada y familiar, junto con la prohibición de tratos inhumanos. Por otra parte, la corte desestimó por inadmisibles las reclamaciones relativas a torturas y detención arbitraria invocadas en esta demanda.
Ello, debido a que dichos aspectos específicos ya habían sido analizados y resueltos en el año 2022 por el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas. Como medida de reparación, el Tribunal ordenó al Estado de Lituania el pago de una indemnización de 30.000 euros por concepto de daño moral, además de 10.000 euros destinados a cubrir los gastos y costos legales del proceso. Finalmente, recomendó al gobierno lituano realizar gestiones formales ante las autoridades de Estados Unidos para solicitar garantías de que no se aplicará la pena de muerte contra el procesado.
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