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Compensaciones económicas
Justicia de EE.UU. reanuda litigio contra compañías de crucero que utilizaron muelles confiscados por régimen cubano
Reactivó un litigio millonario al permitir acciones legales contra corporaciones navieras que operaron en muelles expropiados por el castrismo. El fallo desestimó la caducidad de la concesión original, abriendo el debate sobre el alcance de las compensaciones económicas y las excepciones de los viajes autorizados a la isla.

La Corte Suprema de Estados Unidos autorizó la continuidad de las demandas en contra de cuatro importantes empresas de cruceros, las cuales son acusadas de emplear infraestructura portuaria en La Habana que fue expropiada por el gobierno de Cuba en la década de 1960. Esta resolución judicial reactiva un litigio multimillonario que involucra a las firmas Carnival, Royal Caribbean, Norwegian y MSC Cruises, las cuales transportaron a cerca de un millón de personas hacia la isla entre los años 2016 y 2019 utilizando las instalaciones en disputa.
La determinación se adoptó mediante una mayoría de ocho votos contra uno, respaldando la postura de Havana Docks Corp., entidad de origen estadounidense que operaba los muelles bajo una concesión que el gobierno cubano canceló sin otorgar compensaciones tras la revolución liderada por Fidel Castro.
El sustento legal de la acción civil se basa en la Ley Helms-Burton de 1996, una normativa que faculta a ciudadanos norteamericanos a litigar contra quienes utilicen bienes confiscados por el régimen en la isla. Dicha facultad legal se mantuvo suspendida de forma consecutiva por las administraciones de Bill Clinton, George W. Bush y Barack Obama, hasta que Donald Trump permitió su entrada en vigencia en 2019.
El dictamen redactado por el juez Clarence Thomas estableció que la parte demandante únicamente requiere comprobar el uso físico de la infraestructura confiscada por parte de las corporaciones navieras, descartando la relevancia de que la concesión original de la firma afectada hubiese expirado de forma previa a los viajes de turismo.
Con esta resolución, el máximo tribunal norteamericano dejó sin efecto un fallo previo de una corte de apelaciones que había archivado la causa bajo el argumento de que los derechos de explotación de Havana Docks caducaron formalmente en el año 2004.
Por el contrario, la postura disidente de la jueza Elena Kagan sostuvo que los muelles eran propiedad exclusiva del Estado cubano y comparó la situación de la compañía demandante con la de un arrendatario cuyo contrato ya había finalizado. Asimismo, en prevenciones conjuntas, los magistrados Sonia Sotomayor y Brett Kavanaugh manifestaron su preocupación por el alcance de la interpretación mayoritaria, advirtiendo que podría derivar en compensaciones excesivas y reiteradas, al tiempo que plantearon dudas sobre si las operaciones de los cruceros estaban protegidas por las autorizaciones de viajes legales vigentes durante ese periodo.
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