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Actualidad Internacional

Inmunidad parlamentaria

Jueces necesitan autorización del Parlamento para usar grabaciones secretas de legisladores en Italia

La Corte Constitucional de Italia anuló una resolución que permitió incorporar a un proceso penal videos grabados de forma oculta a un senador. El tribunal sostuvo que estas grabaciones, aun cuando hayan sido realizadas por particulares, no pueden ser extraídas, revisadas ni usadas como prueba sin autorización previa del Parlamento, porque ello podría afectar la independencia de la función legislativa.

Por Elke von Loebenstein·20 de julio de 2026
Imagen: ChatGPT/Elke
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La Corte Constitucional de Italia anuló una decisión del Tribunal de Módena y estableció una regla importante: jueces y fiscales necesitan autorización del Parlamento para usar como prueba grabaciones secretas hechas por particulares a legisladores.

El caso comenzó cuando el Senado italiano acudió a la Corte Constitucional para reclamar contra una resolución del Tribunal de Módena, dictada el 13 de septiembre de 2024. Esa resolución había ordenado incorporar a un proceso penal una serie de videos grabados de forma oculta por un particular en 2014.

Las grabaciones registraban conversaciones privadas mantenidas en persona entre ese particular y un senador de la época, además de diálogos entre el parlamentario y otras personas. Para el Senado, permitir que esas grabaciones fueran usadas en el proceso penal afectaba las atribuciones del Parlamento y generaba un conflicto entre poderes del Estado.

La Corte Constitucional acogió el planteamiento del Senado y anuló la resolución del tribunal. Señaló que, antes de usar judicialmente ese tipo de grabaciones, los jueces o fiscales deben pedir autorización al Parlamento.

El tribunal explicó que esta regla no busca entregar un privilegio personal al legislador ni proteger un interés privado suyo. Su finalidad es resguardar la independencia de la función parlamentaria, evitando que otros poderes del Estado o terceros puedan presionar o afectar indebidamente el trabajo de los legisladores.

Para resolver el caso, la Corte interpretó el artículo 68 de la Constitución italiana, que regula la inmunidad parlamentaria. Según el fallo, esa protección también alcanza a conversaciones presenciales grabadas en secreto por particulares que participaron en el diálogo.

A juicio de la Corte, permitir el uso de esas grabaciones sin control previo puede afectar gravemente la vida de relación del parlamentario y generar presiones externas sobre su función pública. Por eso, no basta con que la grabación haya sido realizada por un particular y no directamente por el Estado.

El tribunal aplicó el mismo criterio que ya se utiliza respecto de mensajes guardados en teléfonos u otros dispositivos electrónicos. La policía o los jueces pueden incautar el aparato utilizado para grabar, pero no pueden extraer, revisar ni incorporar formalmente el contenido de los audios o videos al expediente sin autorización previa del Parlamento.

La Corte también aclaró que el Parlamento no puede decidir de cualquier manera. Cuando otorgue o rechace la autorización, debe fundamentar adecuadamente su decisión. Si los jueces o fiscales consideran que el Parlamento negó el permiso de forma abusiva o injustificada, pueden volver a acudir ante la Corte Constitucional para que resuelva el conflicto.

El fallo precisó que esta regla se aplica, en cualquier caso. Rige tanto si la persona grabó al parlamentario con fines de extorsión como si lo hizo porque se consideraba víctima de un delito y quería obtener una prueba. En ambos escenarios, el uso judicial de la grabación requiere autorización parlamentaria previa.

En definitiva, la Corte Constitucional concluyó que incorporar y usar estas grabaciones secretas sin permiso del Parlamento vulnera la inmunidad parlamentaria protegida por el artículo 68 de la Constitución italiana. Esa garantía busca asegurar que los legisladores puedan ejercer su función con independencia y libertad, sin interferencias indebidas de terceros ni de otros poderes del Estado.

Vea sentencia Corte Constitucional de Italia N°111/2026.

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