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Actualidad Internacional

Enmienda penal.

Gobierno polaco somete al escrutinio del Tribunal Constitucional proyecto de ley que busca ampliar categorías de delitos de odio.

Incorpora nuevas bases para la protección penal, incluyendo la orientación sexual, el género, la edad y la discapacidad. Según la exposición de motivos presentados por el Ministerio de Justicia, la reforma busca adaptar el marco legal a las recomendaciones de organismos internacionales y reforzar la protección de determinados colectivos ante actos de discriminación y violencia.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·23 de abril de 2025·2 min de lectura
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El presidente de Polonia, Andrzej Duda, remitió al Tribunal Constitucional del país un proyecto de ley previamente aprobado por el parlamento, que introduce modificaciones al Código Penal con el objetivo de ampliar las categorías protegidas en materia de delitos de odio. La remisión al Tribunal tiene por finalidad determinar la conformidad del texto legislativo con los principios constitucionales, en particular con el derecho a la libertad de expresión.

Actualmente, el artículo 119 del Código Penal polaco tipifica como delito la comisión de actos de violencia, amenazas o insultos motivados por la nacionalidad, etnia, raza, afiliación política o religión de la víctima. Las penas previstas oscilan entre tres meses y cinco años de privación de libertad.

El nuevo proyecto de ley, aprobado por el Consejo de Ministros en noviembre de 2024 y posteriormente adoptado por el parlamento en marzo de 2025, incorpora nuevas bases para la protección penal, incluyendo la orientación sexual, el género, la edad y la discapacidad. Según la exposición de motivos presentados por el Ministerio de Justicia, la reforma busca adaptar el marco legal a las recomendaciones de organismos internacionales y reforzar la protección de determinados colectivos ante actos de discriminación y violencia.

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