Actualidad Internacional
Deber de idoneidad.
Devolución del dinero pagado o cambio del producto defectuoso no exime a la empresa infractora de ser multada por vulnerar los derechos del consumidor, resuelve un organismo peruano.
Es necesario precisar que el hecho de que los proveedores ofrezcan en el mercado un conjunto de remedios jurídicos -reparación, reposición y devolución del dinero -exigibles por el comprador de un determinado bien frente al vendedor- en caso de que el producto se revele defectuoso, inadecuado o de cualquier otro modo no conforme a lo convenido- no enerva el hecho de que el proveedor haya incurrido en una infracción al deber de idoneidad.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) confirmó la resolución sancionatoria dictada contra dos empresas (incluida Samsung) por la venta de un televisor defectuoso que tenía problemas de fábrica. Dictaminó que la devolución del dinero pagado por el consumidor o el cambio del producto no exime a las empresas de ser multadas por infringir el deber de idoneidad.
Las empresas sancionadas recurrieron la resolución, aduciendo que no se acreditó cuales fueron las pruebas o exámenes realizados al televisor que sustentaran la relación entre el ingreso del líquido y las fallas reportadas; sin embargo, agregó que su soporte técnico realizó un análisis de las posibles causas del fallo, concluyendo que el desperfecto del producto había sido causado por un factor externo ajeno a este, conforme a lo establecido en el certificado de garantía.
En su análisis de fondo, el Indecopi observa que, “(…) la normativa establece que los proveedores son responsables por la calidad e idoneidad de los productos y servicios que ofrecen en el mercado. En aplicación de esta norma, los proveedores tienen el deber de entregar los productos y prestar los servicios al consumidor en las condiciones ofertadas o previsibles, atendiendo a la naturaleza de los mismos, la regulación que sobre el particular se haya establecido y, en general, a la información brindada por el proveedor o puesta a disposición”.
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