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Debe señalarse género de nacimiento

Corte Suprema de Estados Unidos valida política que prohíbe consignar género autopercibido en pasaportes

La decisión mantiene la validez de una política que obliga a consignar el sexo de nacimiento en los pasaportes, mientras el caso sigue en instancias inferiores. La decisión prescribe que el gobierno actúa dentro de sus facultades legales y no incurre en discriminación al exigir información biográfica objetiva. La medida, cuestionada por organizaciones de derechos civiles, plantea un nuevo debate sobre los límites entre la identidad de género y las atribuciones administrativas del Estado en materia de documentación legal.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·11 de noviembre de 2025·2 min de lectura
imagen: 19thnews.org
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La Corte Suprema de Estados Unidos permitió que continúe en vigor una política gubernamental que impide a las personas transgénero y no binarias reflejar su identidad de género en los pasaportes. El fallo, adoptado por seis votos contra tres, sostiene que el requisito de consignar el sexo de nacimiento en dichos documentos no constituye una violación a los principios de igualdad ni supone un trato diferenciado.

Según la resolución, la inclusión del sexo de nacimiento se equipara a otros datos de carácter histórico, como el país de origen, cuya función es acreditar hechos objetivos sin modificar la condición jurídica de los titulares. La Corte estimó además que los demandantes no lograron probar que la administración actuara de manera arbitraria o caprichosa al establecer esta política.

La decisión se fundamenta en el artículo 211a del título 22 del Código de los Estados Unidos, que faculta al gobierno federal a otorgar y verificar pasaportes tanto dentro como fuera del país, por medio de funcionarios diplomáticos, consulares o designados por el Secretario de Estado.

El tribunal consideró también que el gobierno podría enfrentar un perjuicio irreparable si se suspendiera la política actual, señalando que ello dificultaría las comunicaciones con gobiernos extranjeros y afectaría su política exterior. El argumento oficial sostiene que la información basada en el sexo de nacimiento facilita la identificación internacional y mantiene coherencia con criterios científicos y administrativos.

La causa se originó en febrero, cuando la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU) presentó una demanda contra el gobierno del presidente Donald Trump. La acción judicial buscaba restablecer la política de la administración Biden, que había permitido el uso de la marca “X” en los pasaportes como opción para personas transgénero y no binarias. Los demandantes alegaron que la política actual vulnera la Quinta Enmienda al restringir los derechos a la igualdad de protección, al debido proceso y a la privacidad.

Tras esta decisión, el caso será devuelto al Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Estados Unidos, que continuará examinando el fondo del litigio y evaluará la constitucionalidad de la normativa vigente sobre la identificación de género en documentos oficiales.

Vea sentencia Corte Suprema de Estados Unidos.

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