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Derecho sin reconocimiento legal
Corte de Casación de Francia dictamina inexistencia del “derecho de corrección física” de los padres sobre sus hijos
Estableció que la legislación nacional y los convenios internacionales no contemplan excepciones que legitimen agresiones contra menores bajo fines pedagógicos. Al invalidar una sentencia que justificaba bofetadas y maltratos como una facultad de los progenitores, el tribunal reafirmó que la minoría de edad de las víctimas y el vínculo de parentesco constituyen agravantes penales, descartando que el castigo físico en estos contextos sea lícito.

La Corte de Casación de Francia dictó una sentencia mediante la cual anuló parcialmente una sentencia de la Corte de Apelaciones de Metz que había absuelto a un padre de familia acusado de ejercer violencia agravada contra sus dos hijos menores de quince años. El proceso se originó tras denuncias de agresiones ocurridas entre los años 2016 y 2022, que incluyeron bofetadas, golpes, intentos de estrangulamiento y descalificaciones verbales. Inicialmente, un tribunal correccional había condenado al acusado a dieciocho meses de prisión suspendida y al retiro de la custodial, decisión que fue recurrida por la defensa.
En la etapa de apelación, los magistrados determinaron que, si bien los hechos estaban probados y eran admitidos en parte por el acusado, estos se enmarcaban en un supuesto derecho de corrección reconocido a los padres por la costumbre y el derecho positivo. Según ese criterio previo, los juzgadores podían abstenerse de sancionar penalmente las llamadas violencias educativas siempre que fueran proporcionales, no humillantes y no causaran un daño evidente al menor. No obstante, la Corte de Casación rechazó esta interpretación al señalar que ningún texto de derecho interno francés admite el derecho de corrección.
El máximo tribunal fundamentó su decisión en el artículo 222-13 del Código Penal, el cual sanciona las violencias que no producen incapacidad laboral, estableciendo penas más severas cuando el acto es cometido por un ascendiente o una persona con autoridad sobre un menor de quince años. La sentencia aclara que la ley penal sanciona estas conductas independientemente de su naturaleza, abarcando incluso las de carácter psicológico. En este sentido, la Corte precisó que la única defensa posible ante cargos de violencia son las figuras de legítima defensa o estado de necesidad.
Asimismo, el fallo destacó la evolución del Código Civil francés, mencionando que tras la reforma de 2019, el artículo 371-1 estipula explícitamente que la autoridad parental debe ejercerse sin recurrir a violencias físicas o psicológicas. El tribunal subrayó que, aunque se trata de una disposición civil, esta norma refleja la voluntad del legislador de prohibir cualquier forma de maltrato en cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el país. La resolución invoca el artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el cual obliga a los Estados a proteger a los menores contra toda forma de brutalidad física o mental mientras se encuentren bajo el cuidado de sus padres.
Finalmente, la Corte de Casación recordó que el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas ha manifestado que incluso las formas leves de violencia son inaceptables y no tienen cabida en el ámbito legal. Por tales motivos, la sentencia dictaminó que la Corte de Apelaciones desconoció la ley al otorgar validez a un derecho de corrección inexistente en la jurisprudencia contemporánea.
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