Actualidad Internacional
Psiconcología
Corte Constitucional de Italia valida ley regional que consagra atención psicológica a pacientes oncológicos
Concluyó que la normativa se ajusta al marco competencial previsto en la Constitución, al no crear una profesión distinta ni alterar las bases del sistema sanitario estatal. La sentencia refuerza el principio de cooperación entre Estado y regiones en materia de salud, reconociendo la posibilidad de impulsar proyectos experimentales que complementen los servicios esenciales sin vulnerar la legislación nacional.

La Corte Constitucional de Italia declaró válida la ley de la Región de Puglia que establece, con carácter experimental, un servicio destinado a ofrecer asistencia psicológica a pacientes con enfermedades oncológicas. En su decisión el tribunal concluyó que la norma regional no infringe las competencias exclusivas del Estado en materia de profesiones ni de coordinación de la finanza pública.
La impugnación había sido presentada por el Presidente del Consejo de Ministros, quien alegó que la disposición regional introducía una figura profesional nueva, la del psiconcólogo, no contemplada en la legislación nacional. Además, sostenía que la medida suponía un gasto no autorizado dentro del plan de contención del déficit sanitario en el que se encuentra la región.
Sin embargo, la Corte desestimó ambos argumentos. En relación con la supuesta creación de una nueva profesión, la Corte sostuvo que la ley pugliese no instituye ningún nuevo registro profesional ni redefine las competencias existentes, sino que se limita a poner en marcha un servicio experimental de asistencia psicológica dirigido a personas diagnosticadas con cáncer.
Dicho servicio, precisó la sentencia, puede ser prestado exclusivamente por psicólogos o médicos con especialización en psicoterapia, obtenida tras un programa de al menos cuatro años en una universidad o en instituciones reconocidas, conforme a la normativa estatal vigente.
La Corte recordó también que la figura del psiconcólogo ya cuenta con reconocimiento a nivel nacional desde el Acuerdo Estado-Regiones de 2019, donde se promovió una visión integral de la atención sanitaria que considera tanto la dimensión física como la psicológica del paciente, de acuerdo con el artículo 32 de la Constitución italiana.
Respecto a la segunda objeción, relativa a la coordinación financiera, declaró la inadmisibilidad de la cuestión. Según la sentencia, el Gobierno no expuso de manera suficiente los fundamentos de su alegato ni aportó información concreta sobre cómo las disposiciones regionales vulnerarían el plan de ajuste presupuestario o los programas operativos posteriores. La Corte destacó que, en este tipo de impugnaciones, el Ejecutivo debe cumplir con un estándar elevado de motivación.
Con esta resolución, la Corte reafirma la validez de la iniciativa regional de Puglia y delimita los alcances de la autonomía normativa de las regiones frente a las competencias del Estado central, particularmente en el ámbito sanitario y profesional.
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