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Actualidad Internacional

Zonas de bajas emisiones

Consejo Constitucional francés invalida norma que suprimía restricciones a vehículos contaminantes

Declaró inconstitucional una norma que buscaba eliminar las zonas de bajas emisiones, al estimar que fue incorporada indebidamente en una ley destinada a simplificar la vida económica y reducir cargas para las empresas. Con ello, sigue vigente la facultad u obligación de ciertas ciudades y territorios de restringir la circulación de vehículos contaminantes.

Por Elke von Loebenstein·04 de julio de 2026
Consejo Constitucional francés invalida norma que suprimía restricciones a vehículos contaminantes
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El Consejo Constitucional de Francia declaró inconstitucional una norma que buscaba eliminar las zonas de bajas emisiones en determinadas ciudades y territorios.

La norma impugnada formaba parte de la ley de simplificación de la vida económica. Su objetivo era derogar disposiciones que permiten u obligan a ciertas aglomeraciones o entidades territoriales a crear zonas de bajas emisiones, destinadas a restringir la circulación de vehículos más antiguos o contaminantes para reducir la contaminación del aire.

También eliminaba las reglas sobre sistemas de control automatizado de los datos de los vehículos afectados por esas restricciones.

Un grupo de diputados cuestionó la norma. Alegaron que el artículo no debía estar incluido en esa ley, porque no formaba parte del proyecto original y fue agregado durante la tramitación parlamentaria mediante enmiendas de dos partidos políticos. A su juicio, esto vulneraba el artículo 45 de la Constitución francesa.

Además, sostuvieron que la eliminación de las zonas de bajas emisiones afectaba derechos y principios reconocidos en la Carta del Medio Ambiente, como el derecho a vivir en un entorno equilibrado y respetuoso con la salud, los principios de prevención y precaución, y el deber de promover un desarrollo sostenible.

El Consejo Constitucional acogió la impugnación por razones de forma. Señaló que la norma era una disposición incidental, sin relación directa ni indirecta con el objetivo del proyecto de ley, que era simplificar la vida económica y reducir cargas para las empresas.

El Consejo explicó que este tipo de agregado se conoce como “jinete legislativo”: una norma incorporada durante la tramitación de una ley, pero que tiene un vínculo demasiado débil con su finalidad original.

Para justificar su decisión, indicó que la norma sobre zonas de bajas emisiones no tenía relación con otras materias del proyecto inicial, como el cierre gratuito de cuentas bancarias de profesionales, el envío de extractos de gastos de gestión a microempresas, la rescisión de ciertos contratos de seguro o los plazos de indemnización por daños materiales.

Como consecuencia de la decisión, quedó sin efecto la eliminación de las zonas de bajas emisiones. Por ello, sigue vigente la facultad u obligación de ciertas ciudades y territorios de establecer estas zonas y restringir la circulación de determinados vehículos para combatir la contaminación atmosférica.

Vea sentencia Consejo Constitucional de Francia.

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