Actualidad Internacional
Medida contra los deepfakes
Autoridad federal de EE.UU. exige eliminación de imágenes íntimas creadas sin consentimiento en plataformas web
Las empresas notificadas arriesgan multas que superan los cincuenta mil dólares por infracción tras la entrada en vigencia de la normativa federal que protege a los usuarios de la manipulación digital de contenido explícito.

La Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos (FTC) notificó formalmente a doce plataformas web que proveen servicios de edición digital de desvestido, debido al presunto incumplimiento de la normativa federal que impone la obligación de suprimir contenidos íntimos no consentidos en un plazo máximo de 48 horas desde la recepción de un requerimiento válido.
Las comunicaciones oficiales acusan a estos sitios, cuyas identidades no han sido divulgadas por la autoridad, de transgredir la Ley de Herramientas para Abordar la Explotación Conocida mediante la Inmovilización de Deepfakes Tecnológicos en Sitios Web y Redes (TIDA), por no disponer de un canal idóneo para que los afectados gestionen la remoción de material de carácter sexual explícito generado sin su consentimiento.
De acuerdo con el marco legal que rige la materia, las plataformas tecnológicas alcanzadas por la regulación deben habilitar un sistema accesible para que las víctimas soliciten el retiro de videos o fotografías de índole sexual creadas o difundidas de forma ilegítima. Una vez recibida la petición formal, los administradores cuentan con un margen de dos días para dar de baja tanto el archivo original como las copias exactas detectadas. El incumplimiento de este mandato habilita a la FTC a iniciar acciones judiciales que contemplan la aplicación de multas civiles que pueden alcanzar los 53.088 dólares por cada infracción registrada.
La legislación en cuestión fue aprobada en mayo de 2025, estableciendo un periodo de doce meses para que las organizaciones adaptaran sus interfaces y protocolos internos a las nuevas exigencias de protección de la privacidad en entornos virtuales. La fiscalización activa y la obligatoriedad de la norma general comenzaron a regir el 19 de mayo de 2026, fecha en la que también se puso en funcionamiento un portal electrónico oficial diseñado para centralizar los reclamos de la ciudadanía frente a plataformas que omitan tramitar las solicitudes de eliminación de contenidos.
Estas doce nuevas advertencias complementan las gestiones iniciadas por la presidencia del organismo regulador durante la semana previa, ocasión en la que se remitieron recordatorios de cumplimiento a quince de las corporaciones tecnológicas de mayor presencia en el mercado digital, incluyendo a los operadores de redes sociales y motores de búsqueda globales. Tras la emisión de las últimas alertas institucionales, ninguna de las doce firmas tecnológicas notificadas emitió declaraciones públicas inmediatas sobre su situación legal ante la autoridad de comercio.
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