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Actualidad Internacional

Propiedad intelectual

Autoridad de competencia peruana sanciona a empresas que ingresaron ilegalmente productos de Marvel al país

Ratificó las sanciones impuestas a importadores que ingresaron al mercado nacional artículos con representaciones graficas de reconocidos personajes de comic sin poseer las licencias respectivas. La decisión subraya que la infracción a la propiedad intelectual se materializa en el acto de importación transfronteriza, al margen de si los productos logran ser comercializados o no.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·23 de abril de 2026·2 min de lectura
imagen: planetadelibros
Imagen referencial

La Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual de Perú (Indecopi) confirmó en segunda instancia las sanciones contra dos importadoras por ingresar al país productos que reproducían imágenes de personajes de Marvel sin la debida autorización. Las multas conjuntas alcanzan las 13.82 Unidades Impositivas Tributarias, cifra que equivale a 76.010 soles peruanos (unos 19 millones de pesos chilenos).

De acuerdo con la legislación de propiedad intelectual, estas acciones contravienen los derechos de autor, normativas que otorgan a los creadores y titulares la potestad exclusiva para permitir o prohibir la reproducción, uso y comercialización de sus obras. Bajo este marco legal, se encuentra restringida tanto la venta como la elaboración y la importación de mercancías que utilicen estos elementos sin contar con una licencia previa y explícita del titular de los derechos.

En el primer expediente analizado, la infracción fue detectada a través de un reporte emitido por las autoridades aduaneras, el cual facilitó la identificación de un cargamento de juguetes que exhibían a diversos personajes de la franquicia. Los artículos fueron retenidos antes de su distribución comercial en el mercado. Dado que el importador, constituido como una persona natural, no logró demostrar la existencia de una autorización legal para el uso de las marcas e imágenes, la entidad resolutora le aplicó una multa equivalente a 10 Unidades Impositivas Tributarias.

El segundo procedimiento involucró la importación de productos catalogados como estuches para auriculares mediante declaración aduanera. En dicha instancia, la empresa Marvel Characters Inc interpuso una denuncia por la reproducción ilícita de las obras artísticas denominadas Spider-Man, Spider-Man Icon, Iron Man, Captain America’s Shield y Venom. La mercadería había sido reportada tras una verificación física notificada mediante un correo del personal de aduanas con fecha diez de octubre de dos mil veinticuatro.

Durante las diligencias posteriores de inspección e incautación, la autoridad competente verificó y ordenó el decomiso de un total de 851 productos correspondientes a los estuches mencionados. En la primera instancia del proceso, la Comisión de Derecho de Autor había sancionado a la parte denunciada con una multa.

No obstante, tras la apelación, el Tribunal Superior revisó el cálculo aplicando el método ad-hoc establecido en el sistema de graduación de multas. Para ello, se consideró un beneficio ilícito basado en el valor CIF total en soles de los productos infractores. Al evaluar la alta probabilidad de detección originada por las acciones de fiscalización aduanera y el evidente ánimo de lucro en la importación, la Sala determinó modificar la sanción original.

A la par de la sanción pecuniaria, el tribunal ratificó la orden administrativa de disponer la entrega del material incautado a favor de Marvel Characters Inc, reconociendo su calidad de titular damnificada frente a la infracción. El dictamen estableció que la vulneración a la legislación se consuma plenamente desde el instante en que la mercancía ingresa al territorio bajo el derecho patrimonial de importación sin los permisos requeridos, sin que sea un requisito para la sanción que los productos alcancen su posterior distribución en el comercio minorista local.

Vea resolución del Indecopi

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