Nacional
Cámara Comercial — Defensa del Consumidor
Cámara Comercial ordena reemplazar auto defectuoso y condena a fabricante por daño punitivo
La Sala D confirmó que Ford Argentina y la concesionaria deben entregar un vehículo cero kilómetro tras cinco reparaciones fallidas. El tribunal impuso además una multa de $4,5 millones.

La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó parcialmente una sentencia que condenó a Ford Argentina S.C.A. y a la concesionaria a sustituir un vehículo defectuoso por un automóvil cero kilómetro nuevo, además de imponer una multa de $4,5 millones en concepto de daño punitivo.
La decisión llegó tras un reenvío ordenado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que dejó sin efecto un pronunciamiento anterior de la Sala A del mismo tribunal. El nuevo fallo de la Cámara Comercial se dictó en línea con el dictamen de la fiscal general Gabriela Boquin.
El litigio se originó cuando una pareja adquirió un Ford Fiesta 1.6 SE cero kilómetro en febrero de 2018. Días después de retirar el vehículo, comenzaron a manifestarse fallas eléctricas que provocaban la activación espontánea e intermitente de la alarma. Los sucesivos ingresos al taller oficial no resolvieron los defectos y, tras una de las reparaciones, surgieron nuevos problemas en la caja de cambios.
La Cámara Comercial concluyó que las reparaciones no resultaron satisfactorias conforme al artículo 17 de la Ley de Defensa del Consumidor. El tribunal observó que el rodado ingresó repetidamente al taller y que cada intervención generaba nuevas averías. Asimismo, destacó que las múltiples reparaciones causaron una significativa desvalorización del automóvil.
Para los magistrados, la conducta de las demandadas evidenció "grave indiferencia hacia los derechos de los consumidores" al someterlos a "reiterados e infructuosos intentos de reparación", obligándolos a transitar un prolongado proceso judicial para obtener una solución efectiva.
En consecuencia, los camaristas confirmaron la condena que obliga a Ford y a la concesionaria a entregar un nuevo vehículo cero kilómetro de iguales características —o del modelo equivalente que lo sustituya— sin gastos de entrega. Los consumidores deberán restituir el automóvil defectuoso.
El tribunal también reconoció una indemnización por privación de uso y, por mayoría, admitió la aplicación del daño punitivo como sanción por la conducta gravemente negligente frente a los derechos del consumidor.
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