Nacional
Tribunal de Apelación — Libertad de prensa
Tribunal de Apelación anula condena por difamación contra directora y periodista
La Cámara anuló la sentencia que en 2022 condenó a la directora de ABC Color y a un periodista por difamación, encontrando errores en la aplicación de la ley penal y en la tipificación del delito. Dispuso el reenvío del expediente para nuevo juicio.

Un Tribunal de Apelación Penal anuló la sentencia que en noviembre de 2022 condenó a la directora de un medio de prensa y a un periodista por el delito de difamación. La decisión se adoptó por mayoría, hallando vicios sustanciales en la subsunción de los hechos a la norma penal aplicada y errores en la valoración de prueba.
La sentencia original, dictada en noviembre de 2022, había impuesto penas de multa a ambos acusados: 250 días de multa para la directora (equivalente a G. 87.500.000) y 200 días de multa para el periodista (G. 6.000.000), por la difusión de hechos vinculados a una funcionaria pública.
En el voto mayoritario se señaló que el juez de primera instancia incurrió en errónea aplicación del tipo penal de difamación al incluir elementos objetivos propios de la calumnia, delito que no fue objeto de juzgamiento. El tribunal observó que el juez requirió erróneamente que los hechos divulgados fuesen falsos, cuando la tipicidad de la difamación exige únicamente que la afirmación sea capaz de lesionar el honor sin necesidad de ese elemento. El tribunal también destacó que se integró a la sanción un hecho sustentado en prueba no ofrecida ni admitida en tiempo y forma, excluida por tanto del acervo probatorio.
Un voto en disidencia sostuvo que la prescripción del delito ya había operado antes de dictarse la sentencia, por lo que correspondía el sobreseimiento definitivo de los acusados. Este voto argumentó que el juez de primera instancia realizó una interpretación extensiva e indebida del artículo 104 del Código Penal al considerar que un exhorto administrativo internacional constituía diligencia judicial capaz de interrumpir la prescripción, vulnerando así el principio de legalidad y la regla del favor libertatis.
El tribunal anuló la sentencia condenatoria y dispuso el reenvío del expediente para la realización de un nuevo juicio. En el análisis de la mayoría se subrayó la necesidad de que el pronunciamiento jurisdiccional pondere adecuadamente los derechos en conflicto: el derecho a la honra e intimidad de la persona afectada y el derecho a la libertad de expresión sobre cuestiones de interés público.
Temas
Te puede interesar

Nacional
Corte Suprema supervisa condiciones de reclusión en penitenciaría de Concepción por alerta del Mecanismo Nacional contra la Tortura

Nacional
Fiscalía imputa por estafa y producción de documentos no auténticos en caso de títulos falsos para brasileños

Nacional
Diputados analizarán pago de indemnizaciones a víctimas de la dictadura y restauración de orla roja en símbolos patrios

Nacional
Juzgado de la Niñez rechaza restitución internacional de niña hallada en Argentina