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Corte Suprema — Derecho Penal

Corte Suprema declara cosa juzgada en causa por delitos económicos tras desistimiento de casación

La Sala Penal confirmó la firmeza de una sentencia condenatoria tras el desistimiento del recurso extraordinario de casación ratificado por el imputado. El tribunal ordenó remitir el expediente al juzgado de origen para ejecutar la condena.

Por Redacción·29 de junio de 2026
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró la firmeza y calidad de cosa juzgada del Acuerdo y Sentencia N.° 10, de 4 de mayo de 2026, dictado por el Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos, mediante Auto Interlocutorio N.° 198 de 29 de junio de 2026.

La resolución se produjo como consecuencia del desistimiento del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia condenatoria. El desistimiento fue efectuado por los defensores técnicos del imputado y posteriormente ratificado en forma personal por este, de conformidad con lo previsto en el artículo 455 del Código Procesal Penal.

Al declararse la firmeza de la sentencia, la Sala Penal ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Sentencia de origen a fin de que se practiquen los trámites previos pertinentes y se proceda posteriormente a la ejecución de la sentencia condenatoria, conforme a las disposiciones del Código Procesal Penal.

El Auto Interlocutorio N.° 198 fue suscripto por el presidente de la Sala Penal y los demás integrantes del tribunal. La resolución pone fin a la etapa recursiva ordinaria en la causa, permitiendo así el paso a la fase de ejecución de la condena.

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