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Nacional

Cámara de Diputados tratará proyecto que elimina resolución judicial para el cese de pensión alimentaria al cumplir mayoría de edad

El proyecto, impulsado por legisladores aliados al cartismo, propone que la obligación alimentaria decaiga automáticamente cuando el hijo alcance los 18 años, sin necesidad de orden judicial. La iniciativa encabeza el orden del día de la próxima sesión ordinaria.

Por Redacción·01 de junio de 2026
A family supports each other during an adoption process, holding hands over important documents.
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La Cámara de Diputados tiene previsto tratar en su próxima sesión ordinaria un proyecto de ley que modificaría el artículo 189 de la Ley N° 1680/01 "Código de la Niñez y la Adolescencia", con el objeto de suprimir el requisito de una resolución judicial para que cese el pago de pensión alimentaria una vez que el hijo alimentado alcance la mayoría de edad.

La iniciativa, que encabeza una agenda de 19 puntos, fue presentada por los diputados Jatar "Oso" Fernández y Hugo Meza, ambos de la Asociación Nacional Republicana (ANR), corriente cartista. El proyecto viene siendo postergado por varias semanas y sus autores invocan la mora judicial como argumento central para fundamentar la medida.

En concreto, la modificación propuesta establece que la obligación de prestar alimentos "decaerá de pleno derecho el día que el alimentado cumpla la mayoría de edad, inclusive sin mediar resolución judicial de por medio". Asimismo, la propuesta prevé que con el cumplimiento de esa edad "cesan todas las medidas impuestas contra el alimentante", con la única excepción de las deudas generadas por cuotas atrasadas en concepto de alimentos.

La redacción del proyecto genera interrogantes desde el punto de vista jurídico. Si bien mantiene el reconocimiento de las deudas por cuotas impagas, la automaticidad del cese —sin intervención judicial— podría afectar situaciones en que el alimentado continúe estudiando o se encuentre en condición de vulnerabilidad, supuestos contemplados en la legislación vigente que actualmente habilitan la extensión de la obligación alimentaria más allá de los 18 años.

La normativa actual, el artículo 189 del Código de la Niñez y la Adolescencia, exige que sea un juez quien disponga el cese de la pensión, lo que permite evaluar las circunstancias particulares de cada caso. La propuesta en debate suprimiría esa instancia de control jurisdiccional, sustituyéndola por una extinción automática vinculada únicamente a la edad del beneficiario.

El proyecto deberá superar el debate en el pleno de la Cámara de Diputados antes de continuar su trámite legislativo en el Senado.

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