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Imagen: Diario Financiero.
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SERNAC Financiero.

Banco infringe la Ley del Consumidor al no alzar ni solicitar la cancelación de hipotecas que caucionaban créditos que ya habían sido pagados por sus clientes.

El artículo 1° transitorio de la Ley N° 20.855 establece la obligación de las instituciones financieras de otorgar la escritura de alzamiento de hipoteca y gestionar su cancelación en el Conservador dentro del plazo máximo de 3 años, cuando los créditos garantizados estuvieran íntegramente pagados.

19 de octubre de 2022

Imagen: t13.cl
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SERNAC Financiero.

Declaración de un empleado que reconoce que entidad financiera no entrega informe con las razones para negar el otorgamiento de créditos hipotecarios no es suficiente para condenar a la empresa como infractora de la Ley del Consumidor.

El Tribunal determinó que para que se configure la infracción legal, debe acreditarse que un consumidor ejerció su facultad de pedir el informe con las razones del rechazo del crédito y que la entidad lo haya denegado.

03 de octubre de 2022

Caja de Compensación infringe la Ley del Consumidor al poner a disposición de sus clientes un folleto explicativo de los roles y responsabilidades de los avalistas y codeudores con información incompleta.
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Caja de Compensación infringe la Ley del Consumidor al poner a disposición de sus clientes un folleto explicativo de los roles y responsabilidades de los avalistas y codeudores con información incompleta.

El artículo 17 J de la Ley del Consumidor dispone que la ficha explicativa debe contener, entre otras, información relativa a los deberes y responsabilidades en que está incurriendo el avalista, fiador o codeudor solidario, según corresponda, incluyendo el monto que debería pagar.

26 de septiembre de 2022