10°C · Parcial nublado·Santiago·Sábado, 08 de agosto de 2026

Tema

#Registro Nacional de Deudores de Alimentos

Pago de pensión de alimentos con cargo a fondos de la AFP no es disponible por acuerdo de partes ni existe un derecho garantizado a su utilización.
Judicial

Recurso de amparo rechazado por Corte de Santiago.

Pago de pensión de alimentos con cargo a fondos de la AFP no es disponible por acuerdo de partes ni existe un derecho garantizado a su utilización.

Se trata de un procedimiento excepcional o de ultima ratio que solo procede una vez comprobado el agotamiento de otras posibilidades de pago. Ello resulta razonable, desde que afecta el derecho a la seguridad social del alimentante, lo que incumbe también al Estado por las políticas públicas diseñadas para contribuir a que las personas tengan una mínima cobertura frente a contingencias que les impiden generar ingresos.

24 de noviembre de 2024

Negativa del Tribunal de Familia a fijar una audiencia para discutir el modo de pago de una deuda de alimentos en una causa de cumplimiento, no es ilegal.
Amparo Constitucional

Recurso de amparo rechazado por Corte de Valparaíso con voto en contra.

Negativa del Tribunal de Familia a fijar una audiencia para discutir el modo de pago de una deuda de alimentos en una causa de cumplimiento, no es ilegal.

No existe ilegalidad alguna en la negativa del tribunal a fijar una audiencia para la discusión del pago de los alimentos, no solamente porque ello es una facultad privativa de la judicatura en base al mérito de los antecedentes, sino por la existencia de una deuda liquidada y no objetada.

19 de junio de 2024

Imagen: goredforwomen.org/
Legislativo

Mensaje.

Proyecto de ley establece que deudores de pensión de alimentos que se encuentren en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos no se adjudiquen programas o instrumentos financiados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo.

Cabe recordar que la ley 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, modificó diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago de las pensiones de alimentos y “supuso un cambio de paradigma en el ámbito del resguardo y ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y sus madres, quienes son las principales cuidadoras”, con el fin de hacer más efectiva la persecución de las deudas.

06 de mayo de 2024

Proyecto de ley establece que deudores de pensión de alimentos que se encuentren en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos no se adjudiquen programas o instrumentos financiados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo.
Legislativo

Mensaje.

Proyecto de ley establece que deudores de pensión de alimentos que se encuentren en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos no se adjudiquen programas o instrumentos financiados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo.

Pese a los esfuerzos legislativos de los últimos años, lamentablemente, el incumplimiento del pago de pensiones de alimentos continúa siendo un fenómeno que afecta a niños, niñas y adolescentes y a sus madres, configurándose en una forma de violencia económica contra las mujeres.

20 de abril de 2024