
Responsabilidad de los medios
Tribunal Supremo de España aclara que modificar una noticia digital no satisface el derecho de rectificación
Acogió un recurso de casación y precisó que los medios digitales deben publicar íntegramente la rectificación enviada por el afectado, en los términos previstos por la ley, sin limitarse a alterar el contenido original de la información. El derecho de rectificación exige la publicación íntegra del texto remitido por el afectado, con relevancia semejante a la información original, sin que baste con modificar o suprimir párrafos del artículo inicialmente difundido
13 de febrero de 2026
