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#orden de detención europea

imagen: expatsmagazine
Actualidad Internacional

Principio de confianza mutua

TJUE dictamina que Estados miembros no pueden denegar una orden de detención y ejecutar la pena sin el consentimiento del Estado requirente

Resolvió que la negativa de un Estado miembro a ejecutar una orden de detención europea (ODE) con el fin de asumir en su territorio la ejecución de la pena impuesta por otro Estado, exige el consentimiento del Estado de emisión. Si este consentimiento no se otorga, el Estado emisor mantiene el derecho a ejecutar la pena y, en consecuencia, a conservar la vigencia de la ODE. La decisión reafirma la primacía del principio de reconocimiento mutuo y la necesidad de una cooperación leal entre los Estados miembros para evitar la impunidad.

05 de septiembre de 2025

imagen: victoravilaabogado
Actualidad Internacional

Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Estados miembros no pueden denegar ordenes de detención en procesos penales en curso, resuelve el TJUE.

La autoridad judicial del Estado miembro de ejecución puede denegar la ejecución de una orden de detención europea cuando esta se haya dictado a efectos de la ejecución de una pena o de una medida de seguridad privativas de libertad. No obstante, esa posibilidad exige que la persona buscada resida en el Estado miembro de ejecución y que este se comprometa a ejecutar él mismo dicha pena o medida de seguridad de conformidad con su Derecho interno.

14 de abril de 2025