Internacional
Constitucionalismo africano — Límites presidenciales
Zimbabwe intenta evadir su propia salvaguarda contra la reelección indefinida
El país introduce un proyecto de enmienda constitucional que busca extender el mandato presidencial ignorando explícitamente una cláusula de protección única en África, conocida como la "regla sin beneficio".

Zimbabwe avanza hacia la tercera enmienda de su constitución de 2013, con el objetivo declarado de permitir que el presidente Emmerson Mnangagwa continúe en el cargo más allá de 2028, cuando finaliza su segundo y último mandato constitucional. Lo inusual no es el intento de extender límites presidenciales —un patrón recurrente en África— sino el método elegido y la estructura constitucional que busca vulnerar.
La Constitución zimbabuense incluye una salvaguarda prácticamente única en el continente africano: la denominada "regla sin beneficio" (no-benefit-rule), establecida en el artículo 328(7). Esta disposición estipula que "una enmienda a una disposición de límite de mandato que tenga el efecto de extender el tiempo que una persona puede ejercer un cargo público, no se aplica respecto de quien ejercía ese cargo antes de la enmienda". En otras palabras, cualquier cambio que extienda el tiempo máximo de permanencia en la presidencia no beneficia al presidente en ejercicio.
Para reforzar esta protección, los redactores constitucionales incorporaron un mecanismo de "píldora venenosa" (poison pill): el artículo 328(8) y (9) establece que derogar la regla sin beneficio requiere un procedimiento de dos pasos sucesivos con referendum. No puede hacerse en una sola enmienda. Esta arquitectura constitucional fue diseñada precisamente para hacer tan costoso, complejo y riesgoso el intento de evasión que desalentara a los presidentes en ejercicio.
Sin embargo, el proyecto de enmienda constitucional No. 3 (CAB3), presentado en febrero de 2026, opta por un atajo inconstitucional. En lugar de seguir el procedimiento de dos pasos con referendum, el proyecto simplemente amenda el artículo 95 para extender la presidencia de cinco a siete años e inserta una cláusula que dice que esta extensión se aplica "no obstante el artículo 328(7)".
Esta formulación constituye un golpe constitucional explícito: no intenta trabajar dentro de la constitución ni respetarla formalmente, sino ignorarla directamente. Según especialistas en derecho constitucional comparado, este patrón de ruptura frontal con procedimientos formales es extraordinariamente raro en África. El único precedente comparado es Egipto en 2019, cuando una enmienda constitucional amplió el mandato presidencial y otorgó términos adicionales al presidente Sisi, vulnerando cláusulas de inmutabilidad.
El proyecto zimbabuense enfrenta aprobación probable en el Parlamento dada la composición actual de ambas cámaras, pero su constitucionalidad permanece jurídicamente cuestionada en el marco de la propia ley fundamental.
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