Internacional
Corte Suprema de EE.UU. — Derecho Educacional
Corte Suprema de EE.UU. admitirá caso sobre discriminación sexual bajo el Título IX en su próximo período
El máximo tribunal estadounidense agendó para el período 2026-27 un caso que discute si funcionarios escolares pueden demandar por discriminación sexual bajo el Título IX. Simultáneamente, devolvió dos causas sobre la Sección 2 de la Ley de Derechos Electorales.

La Corte Suprema de los Estados Unidos aceptó conocer, durante su período de alegatos orales 2026-27, un caso que plantea si los empleados de establecimientos educacionales tienen legitimidad activa para interponer demandas por discriminación sexual al amparo del Título IX de la legislación federal.
El tribunal adoptó esta decisión el lunes mediante una orden de su lista semanal, en la que también dispuso devolver dos causas vinculadas a la Sección 2 de la Ley de Derechos Electorales (Voting Rights Act) a los tribunales inferiores, para que estos las reexaminen a la luz del precedente fijado en el caso Louisiana v. Callais.
El Título IX es la norma federal estadounidense que prohíbe la discriminación por motivo de sexo en programas educativos que reciban financiamiento público. La pregunta de si dicha protección se extiende a los propios empleados de las instituciones —y no solo a los estudiantes— ha generado interpretaciones divergentes entre los distintos circuitos de apelaciones federales, circunstancia que típicamente motiva al máximo tribunal a intervenir para unificar criterios.
En paralelo, la devolución de las causas relacionadas con la Sección 2 de la Ley de Derechos Electorales refleja el impacto que el fallo Louisiana v. Callais continúa generando en la jurisprudencia sobre representación electoral y redistribución de distritos, materias de alta sensibilidad constitucional en el contexto político actual de ese país.
En la misma jornada, el tribunal rechazó revisar el caso de una profesora despedida tras publicaciones en redes sociales relacionadas con la muerte de George Floyd, según consigna el propio medio.
Ambas materias —la amplitud de las protecciones antidiscriminación y los derechos electorales— se inscriben en debates de derecho constitucional comparado que tienen eco en diversas jurisdicciones, incluida la chilena, donde la no discriminación y la igualdad ante la ley son garantías consagradas en el artículo 19 de la Constitución.
La información fue publicada por SCOTUSblog, medio especializado en la cobertura del máximo tribunal federal de los Estados Unidos.
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