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Internacional

Corte Constitucional de Colombia — Derechos digitales

Colombia: la justicia constitucional ordena a Meta respetar derechos fundamentales en redes sociales

La Corte Constitucional colombiana determinó que las plataformas digitales no tienen autonomía absoluta para moderar contenidos y que el Estado tiene jurisdicción sobre Internet. Meta ya cumplió con las órdenes de transparencia y debido proceso.

Por Redacción·09 de junio de 2026
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La Corte Constitucional de Colombia, mediante sentencia T-256 de 2025, estableció que el ciberespacio no es una zona de exclusión legal ajena a la jurisdicción estatal y que las plataformas digitales no pueden ejercer poderes sancionatorios ilimitados sobre sus usuarios.

El tribunal rechazó la idea tradicional de Internet como un "universo paralelo" que opera bajo sus propias reglas, y afirmó que "el Estado no puede renunciar a ejercer su jurisdicción sobre la Internet". La sentencia precisa que "la existencia de un "mundo virtual" o ciberespacio desborda las fronteras nacionales", pero ningún usuario puede quedar desprovisto de protección constitucional por actuar en línea.

El caso fue promovido por una creadora de contenido cuya cuenta con más de 5 millones de seguidores fue eliminada sin explicación ni posibilidad de apelación. La Corte determinó que "si bien Meta puede establecer reglas de permanencia, tiene que hacerlo respetando los derechos fundamentales de esas personas, incluido el trabajo".

La Corte estableció que la autonomía privada de las plataformas para moderar contenido "no resulta constitucionalmente aceptable" en forma absoluta, pues dejaría a los ciudadanos "en indefensión, incompatible con el Estado Social de Derecho". Además, alertó sobre sesgos en la inteligencia artificial aplicada a moderación, que pueden perpetuar estereotipos particularmente contra mujeres.

Para contenido que no goza de protección reforzada pero tampoco está prohibido, el tribunal estableció que cualquier eliminación de cuenta debe cumplir con un test tripartito: legalidad, necesidad y proporcionalidad. Asimismo, advirtió que usar conductas fuera del entorno digital como criterio para moderar contenidos en línea debe analizarse con cautela para evitar discriminación.

La Corte definió cuatro deberes del Estado: promover un internet libre, abstenerse de medidas restrictivas arbitrarias, garantizar transparencia en sistemas regulatorios, y crear un ambiente propicio para consistencia en decisiones de moderación.

Meta Platforms Inc. cumplió con las órdenes de la Corte: creó un centro de transparencia, simplificó condiciones de uso para acceso claro a procedimientos de eliminación, habilitó un canal específico de notificación a autoridades colombianas y remitió informe de cumplimiento.

La sentencia tiene implicaciones regionales como tendencia latinoamericana incipiente en regulación digital, similar a experiencias de Brasil, y ratifica que las corporaciones tecnológicas están subordinadas a la legislación nacional cuando operan en territorio colombiano.

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