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Informe

Modifica diversos cuerpo legales

Corte Suprema emite informe sobre proyecto de ley que fortalece la Superintendencia de Salud y propone ajustes a su régimen recursivo

Iniciativa moderniza la estructura y atribuciones de la Superintendencia de Salud, destacando la creación de un consejo técnico, nuevas facultades fiscalizadoras y cambios en el sistema de reclamaciones judiciales. El Pleno sugirió precisiones sobre la naturaleza del reclamo de ilegalidad, la consignación previa y aspectos del procedimiento contencioso administrativo.

Por Elke von Loebenstein·25 de noviembre de 2025·3 min de lectura
Imagen: La Tercera
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La Corte Suprema emitió su informe respecto del proyecto de ley que “Fortalece la Superintendencia de Salud y modifica normas que indica”, iniciativa contenida en el Boletín N°17.397-11, remitida al máximo tribunal, con el fin de recabar su parecer sobre materias vinculadas con la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, conforme al artículo 77 de la Constitución y al artículo 16 de la Ley N°18.918.

El proyecto, iniciado por mensaje presidencial y actualmente en segundo trámite constitucional, busca modernizar y fortalecer el rol regulador de la Superintendencia de Salud mediante una reestructuración institucional que incluye la creación de un órgano colegiado de carácter técnico —el Consejo de la Superintendencia de Salud— destinado a asesorar al Superintendente y a los intendentes de Fondos y Prestadores. Asimismo, amplía las facultades interpretativas de la Intendencia de Prestadores, perfecciona los mecanismos de resolución de controversias entre beneficiarios y aseguradoras, moderniza la acreditación de prestadores y contempla nuevos mecanismos de protección de derechos en el ámbito sanitario.

La iniciativa modifica el DFL N°1 de 2005 del Ministerio de Salud, la Ley N°20.584, sobre derechos y deberes en salud, la Ley N°19.966, que regula las garantías explícitas en salud, y la Ley N°20.850, sobre protección financiera para tratamientos de alto costo.

El principal análisis del informe fue el nuevo artículo 127 bis del DFL N°1, que regula las vías de impugnación de las resoluciones e instrucciones de la Superintendencia. Este precepto mantiene en esencia la estructura del actual artículo 113, estableciendo una reclamación judicial ante la Corte de Apelaciones —y apelación posterior ante la Corte Suprema—, pero incorpora dos novedades relevantes: el carácter de “derecho estricto e interpretación restringida” del reclamo de ilegalidad y la aclaración sobre la consignación previa en casos de resoluciones sin multa.

El tribunal analizó ambas materias. Respecto del carácter de “derecho estricto”, señaló que la expresión es ambigua y podría requerir precisiones adicionales, sugiriendo como referencia el artículo 151 letra d) de la Ley 18.695, que regula el reclamo de ilegalidad municipal. Sobre la interpretación restringida, observó que la norma busca limitar la impugnación exclusivamente a resoluciones que resuelvan reposiciones, evitando extenderla a decisiones de la Intendencia u otras autoridades, reacción a jurisprudencia previa que amplió su alcance.

En materia de consignaciones, el informe destacó que la propuesta aclara que, para impugnar resoluciones que no impongan multas, debe consignarse el equivalente a cinco UTM, lo que viene a resolver dudas surgidas en la jurisprudencia. Sin embargo, el tribunal recordó que el Tribunal Constitucional ha emitido fallos dispares sobre la constitucionalidad de estas exigencias y reiteró su postura favorable a eliminar la consignación previa.

El informe también examinó otros aspectos del procedimiento contencioso administrativo propuesto, observando que el proyecto mantiene la competencia de la Corte de Apelaciones “que corresponda” sin precisión adicional, oportunidad que —a juicio de la Corte— podría aprovecharse para introducir reglas que favorezcan el acceso a la justicia, como la competencia alternativa según el domicilio del reclamante. Además, recordó lineamientos otorgados en resoluciones anteriores, entre ellos limitar la apelación y favorecer la casación como vía recursiva, aclarar el cómputo del plazo de quince días, exigir la singularización precisa de la resolución impugnada, permitir la apertura de prueba como en el reclamo municipal, revisar la agregación extraordinaria a tabla y suprimir la consignación previa.

Finalmente, la Corte Suprema concluyó que la iniciativa busca fortalecer el rol regulador de la Superintendencia y mejorar los mecanismos de protección, sanción y fiscalización en el ámbito sanitario. No obstante, realizó observaciones técnicas destinadas a ajustar el régimen recursivo y garantizar mayor coherencia con criterios previamente establecidos por el propio tribunal, recomendando precisar conceptos, revisar la consignación obligatoria y considerar mejoras procedimentales en beneficio de la certeza jurídica y el acceso a la justicia.

Vea Informe Corte Suprema PL Nº 36-2025 y siga tramitación proyecto de ley Boletín N°17.397-11 aquí.

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