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Contraloría General de la República

Otorgamiento, renovación, traslado patente de alcoholes

Contraloría descarta usar condenas extranjeras para negar patentes de alcoholes

El organismo precisó que los municipios deben basarse en certificados oficiales y no pueden considerar antecedentes penales extranjeros, aunque sean de conocimiento público.

Por pasantes.diario.constitucional@gmail.com·18 de abril de 2026·1 min de lectura
Imagen: theclinic.cl
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La Contraloría General de la República estableció que los municipios no pueden considerar condenas penales dictadas en el extranjero, aunque sean de conocimiento público, para determinar si una persona está inhabilitada para obtener una patente de alcoholes.

La consulta surgió a partir de la posibilidad de utilizar este tipo de antecedentes al momento de resolver solicitudes de autorización para la venta de bebidas alcohólicas, considerando que podrían ser relevantes para resguardar intereses como la seguridad y la salud pública.

Sin embargo, se aclaró que la normativa vigente establece un procedimiento reglado, en el que la verificación de inhabilidades debe basarse exclusivamente en antecedentes formales, como la declaración jurada del solicitante y el certificado de antecedentes emitido por la autoridad competente.

En este sentido, se indicó que la ley no faculta a los municipios para requerir información adicional ni para considerar antecedentes distintos a los establecidos legalmente, como condenas dictadas en el extranjero.

No obstante, se precisó que los municipios sí pueden considerar hechos de conocimiento público en el ámbito de sus funciones, pero solo como parte de una evaluación general relacionada con el interés comunal, y no para determinar directamente la existencia de una inhabilidad legal.

Asimismo, se recordó que las decisiones administrativas deben estar debidamente fundadas, explicando los hechos y normas que las justifican, conforme a las reglas generales del procedimiento administrativo.

De esta forma, se reafirma que la concesión de patentes de alcoholes debe ajustarse estrictamente a los requisitos legales, limitando el margen de acción de los municipios en la verificación de inhabilidades.

Vea Dictamen D203N26 de CGR.

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