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Asuntos de Interés Público

Derecho Ambiental

SMA sanciona a inmobiliaria con multa por incumplimientos ambientales en proyecto Parque Cousiño Macul

El cumplimiento de los permisos ambientales rige durante toda la ejecución de los proyectos y es fundamental para evitar riesgos. Autoridad ambiental sancionó a la inmobiliaria por incumplimientos a su Resolución de Calificación Ambiental durante la fase de construcción del proyecto en Peñalolén, vinculados al manejo de residuos, control de ruidos y uso de accesos no autorizados, aplicando una sanción que supera los $248 millones.

Por Elke von Loebenstein·28 de enero de 2026·2 min de lectura
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió sancionar a la empresa Crillón S.A. tras constatar cinco incumplimientos ambientales en la ejecución del proyecto Parque Cousiño Macul, Loteo S1 y S2, ubicado en la comuna de Peñalolén, región Metropolitana, imponiéndole una multa total de 297,7 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a $248.678.336.

Al momento de los hechos fiscalizados, el proyecto se encontraba en plena fase de construcción, etapa que comprendía la ejecución de obras de urbanización, movimientos masivos de tierra y edificación de viviendas, actividades que implicaban la generación de grandes volúmenes de residuos y el uso intensivo de maquinaria.

El procedimiento sancionatorio se originó a partir de una denuncia que alertó sobre diversos impactos asociados al desarrollo de las obras, entre ellos la generación de polvo, ruidos, tránsito de camiones y deficiencias en el control de vectores sanitarios. A partir de estos antecedentes, la SMA, en conjunto con la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, realizó fiscalizaciones en terreno y requirió al titular información ambiental y registros de cumplimiento de su Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

Como resultado de estas actividades de fiscalización, la SMA constató una serie de incumplimientos a las condiciones establecidas en la RCA del proyecto, por lo que en enero de 2022 formuló cinco cargos contra Crillón S.A., uno de carácter grave y cuatro de carácter leve.

El primer cargo imputado correspondió al deficiente manejo de residuos sólidos, al verificarse que la empresa no mantuvo registros permanentes que acreditaran la disposición final de los residuos en lugares autorizados y que, además, dispuso excedentes de tierra y escombros en un sitio no autorizado.

El segundo cargo se relacionó con la no implementación de una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.

El tercer cargo tuvo que ver con deficiencias en las medidas de control y mitigación de ruidos durante la fase de construcción del proyecto.

El cuarto cargo se refirió a la presentación de informes de monitoreo de ruido que no cumplían los requisitos técnicos ni fueron elaborados por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental.

Finalmente, el quinto cargo correspondió al uso de un acceso distinto al autorizado para el ingreso durante la etapa de construcción.

El cumplimiento de los permisos ambientales rige durante toda la ejecución de los proyectos y es fundamental para evitar riesgos ambientales y para la salud de las personas, se indicó de la SMA, como el mal manejo de residuos y el inadecuado control del ruido asociados a la construcción de un proyecto inmobiliario como es el caso del Parque Cousiño Macul”.

Por estos hechos, la SMA resolvió aplicar a Crillón S.A. la multa indicada, precisando que, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), el pago de la sanción deberá realizarse en la Tesorería General de la República dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la resolución sancionatoria.

Vea procedimiento sancionatorio aquí.

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