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Asuntos de Interés Público

Extradición pasiva.

Aceptación de procedimiento abreviado de extradición no exime al imputado de enfrentar a la justicia chilena por su presunta participación en un delito de cohecho.

La ministra instructora del máximo Tribunal acogió la extradición a su país de un ciudadano colombiano y dispuso su entrega inmediata, no obstante, en alzada, la Corte Suprema indico que previo a ser entregado a la justicia colombiana, el requerido debía concluir un proceso penal pendiente en Chile, al intentar sobornar a un agente policial que controló su identidad.

Por Felipe Godoy·10 de febrero de 2025·2 min de lectura
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La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia dictada por la ministra instructora del máximo Tribunal, María Cristina Gajardo, que acogió la solicitud de extradición deducida por el Estado de Colombia en contra de uno de sus nacionales radicado en Chile, disponiendo la entrega inmediata del requerido; y en su lugar, ordenó que la entrega del encausado se efectuara una vez concluido un proceso penal pendiente en nuestro país.

El día 16 de mayo de 2022 a las tres de la tarde en un sector de la ciudad de Bogotá, el requerido se acercó en una motocicleta a una persona que estaba sentada en la vereda, y disparó a quemarropa el arma de fuego que portaba, luego huyó del lugar en la moto.

En los días siguientes tras la comisión del hecho, el imputado escapó de su país para eludir a la justicia, ingresando a Chile en 2023, siendo capturado por Carabineros a inicios del 2024, al intentar sobornar a un funcionario para eludir un control de identidad.

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