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Derecho a la identidad

Exhumación y prueba genética permiten reconocer filiación extramatrimonial de adolescente

El Juzgado Civil de Cipolletti declaró la paternidad de un hombre fallecido tras un análisis de ADN obtenido mediante exhumación, priorizando el derecho a la identidad del joven y ordenando modificar su partida de nacimiento.

Por Elke von Loebenstein·09 de marzo de 2026·2 min de lectura
Exhumación y prueba genética permiten reconocer filiación extramatrimonial de adolescente
Imagen referencial

El Juzgado Civil de Argentina declaró la filiación extramatrimonial de un adolescente tras la realización de una prueba genética obtenida mediante la exhumación del cuerpo de un hombre fallecido, decisión adoptada ponderando el derecho a la identidad del joven.

El adolescente nació en octubre de 2008, pero su partida de nacimiento no consignaba la identidad de su padre. Según los testimonios incorporados al expediente, la madre mantuvo durante casi dos décadas una relación con un hombre casado que, en la práctica, asumió roles paternos respecto del niño, aunque nunca formalizó jurídicamente ese vínculo.

El presunto padre falleció en diciembre de 2020, circunstancia que motivó a la madre a iniciar una acción judicial en representación de su hijo para obtener la declaración de filiación extramatrimonial. La demanda se tramitó ante un juzgado civil y fue dirigida contra las hijas del fallecido, en su calidad de herederas.

Durante el proceso, las herederas reconocieron el fallecimiento del hombre y algunos de los documentos presentados en la causa, pero negaron la existencia de una relación de pareja estable con la madre del adolescente y también el vínculo paterno alegado.

Frente a esta controversia, el magistrado ordenó la realización de una prueba genética para esclarecer los hechos. Las partes involucradas aceptaron la exhumación del cuerpo del hombre, un procedimiento particularmente sensible que se llevó a cabo con el fin de obtener muestras biológicas.

El informe pericial determinó una probabilidad de paternidad superior al 99,9 %, un umbral que la justicia argentina considera de alto valor científico para acreditar la filiación.

Luego de conocido el resultado del estudio genético, el tribunal celebró una audiencia de escucha con el adolescente, quien manifestó su voluntad de incorporar el apellido paterno a su identidad.

A partir de estos antecedentes, el juez resolvió declarar al joven como hijo del hombre fallecido y ordenó al Registro Civil modificar la partida de nacimiento correspondiente para reflejar el vínculo filial.

En la sentencia, destaca que “los vínculos que unen a dos personas en calidad de padre-hijo deben ser los mismos que surgen de los documentos oficiales que obran en el Registro Civil”. Este criterio responde al llamado principio de identidad biológica, que, según la doctrina citada en el fallo, implica que cuando la realidad de un vínculo biológico no se encuentra reflejada jurídicamente, debe reconocerse el derecho de la persona a obtener el estado de familia que corresponda con su relación de sangre.

El tribunal concluyó que correspondía reconocer judicialmente la filiación del adolescente, a fin de asegurar la concordancia entre la realidad biológica y su identidad jurídica.

Vea sentencia Juzgado Civil y Comercial de Cipolletti.

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