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Actualidad Internacional

Deber de informar.

Abogado que interpuso acción legal prescrita debe indemnizar a cliente afectado, resuelve un tribunal argentino.

El fundamento implícito del deber de información radica precisamente en que los abogados, como todos aquellos profesionales que brindan un servicio, deben informar a su cliente para que éste pueda decidir entre las distintas opciones que tiene a su alcance y las probabilidades de éxito de cada una de ellas.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·22 de mayo de 2025·3 min de lectura
imagen: delajusticia
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La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de Capital Federal (Argentina) acogió el recurso de apelación deducido por un hombre que demandó a su abogado por promover una acción laboral por despido contra su empresa que ya se encontraba prescrita al momento de su interposición. Dictaminó que los profesionales, y en particular los abogados, tienen el deber de informar a sus clientes las opciones disponibles en los casos, para así tomar la mejor decisión en beneficio de sus intereses.

Según se narra en los hechos, el actor demandó a su exabogado alegando mala praxis profesional, por haber entablado una acción judicial que ya se encontraba prescrita, sin haberle informado dicha circunstancia. El hecho base fue un despido ocurrido en 2015, mientras que la acción fue iniciada en 2018. La demanda por daños fue rechazada en primera instancia, al considerarse que no se configuraban los requisitos necesarios para responsabilizar civilmente al letrado.

El demandante apeló el fallo aduciendo que era arbitrario, dado que no examinó los hechos ni las pruebas presentadas. Alegó que fue mal asesorado por su letrado, que no hubiera iniciado el juicio laboral, que otra persona inició un juicio similar al mismo tiempo y resultó vencedor, que el letrado inició una demanda sabiendo que el asunto estaba prescrito, lo que no le informó. En suma, consideró que el abogado actuó negligentemente y que lo privó de la oportunidad de ser indemnizado.

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