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Tribunal Superior de Justicia CABA — Derecho laboral
TSJ CABA rechaza recurso de inconstitucionalidad en litigio laboral contra Provincia ART
El tribunal admitió la queja pero desestimó el planteo de inconstitucionalidad en una causa vinculada a la Ley 27.348. El expediente 49922/2025 cierra así la vía recursiva de la demandada.

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires admitió la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado pero rechazó el recurso de inconstitucionalidad en la causa Chiarelli Alicia Beatriz c/ Provincia ART S.A. s/ Recurso Ley 27.348, expediente 49922/2025.
La controversia se originó en un litigio laboral en el que la demandante cuestionó la denegación del recurso de inconstitucionalidad. Provincia ART S.A., por su parte, interpuso queja ante el máximo tribunal porteño para que este conociera del asunto y reviera la decisión de la instancia anterior que había rechazado su planteo de inconstitucionalidad.
Aunque el tribunal admitió formalmente la queja —esto es, consideró procedente analizar el agravio que formulaba la demandada—, al llegar al fondo del asunto rechazó los argumentos esgrimidos en el recurso de inconstitucionalidad. Con ello, el TSJ CABA confirmó la línea seguida por los jueces de menor instancia, cerrando la vía recursiva a nivel local que disponía Provincia ART S.A. bajo la regulación de la Ley 27.348, norma de protección de derechos que contempla este tipo de recurso en casos laborales.
La decisión se ajusta al procedimiento establecido: cuando un tribunal rechaza un recurso de inconstitucionalidad, la parte afectada puede formular queja ante la instancia superior para que verifique si se cumplieron los requisitos de admisibilidad. En este caso, aunque el TSJ CABA estimó que la queja reunía los recaudos necesarios para ser analizada, concluyó que el fondo del recurso carecía de fundamento y, por tanto, procedía su rechazo.
Con esta resolución, la causa agota la posibilidad de seguir impugnando la decisión en el fuero local de Buenos Aires. La sentencia, emitida por el tribunal cimero porteño, sienta un precedente en materia de interpretación de la Ley 27.348 en el contexto laboral bonaerense, aunque el fallo específico no introduce criterios novedosos en la doctrina constitucional de la Ciudad.
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