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Nacional

Tribunal Superior de Justicia CABA

TSJ CABA declara caducidad de instancia en queja por recurso de inconstitucionalidad denegado

El máximo tribunal porteño resolvió la extinción del proceso en causa originada por desalojo. El expediente tramitaba desde 2021 en primera instancia.

Por Redacción·12 de julio de 2026·Rol 143592/2025
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El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la caducidad de instancia en la queja presentada contra la denegación de un recurso de inconstitucionalidad en materia civil.

La causa se originó en un proceso de desalojo por otras causales, iniciado bajo el expediente número 16759/2021-4. La queja (expediente SACyC nº 143592/0-2025) fue interpuesta por una de las partes contra la decisión de la instancia inferior que había rechazado la admisión de un recurso de inconstitucionalidad.

El instituto de la caducidad de instancia en Argentina se produce cuando transcurre un plazo determinado sin que ninguna de las partes realice acción procesal alguna que manifieste su intención de proseguir el litigio. Esta figura opera automáticamente en ciertos tipos de recursos o procesos cuando vence el plazo de inactividad establecido por la norma procesal aplicable.

En este caso, el TSJ CABA, máximo tribunal de la Ciudad, hizo aplicación de este mecanismo extintivo del proceso, lo que implica la conclusión del expediente sin que se haya resuelto sobre el fondo de la queja presentada. La declaración de caducidad representa el cierre formal de la instancia ante el tribunal superior sin pronunciamiento sobre la cuestión de inconstitucionalidad que originalmente se pretendía plantear.

El desalojo por otras causales —distinto del desalojo por falta de pago— constituye una materia específica de derecho civil y procesal civil donde la prueba de los hechos y la aplicación de la normativa resultan determinantes para la procedencia de la demanda. La denegación del recurso de inconstitucionalidad en la instancia anterior y la posterior caducidad de la queja cierran definitivamente esta vía de control constitucional en la causa.

La resolución del TSJ CABA se notifica con expediente número 143592/2025 y constituye pronunciamiento de la máxima instancia local en materia de recursos extraordinarios y quejas de procedencia.

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