Nacional
Tribunal Superior de Justicia CABA — Derecho laboral
TSJ CABA admite queja y revierte denegación de recurso de inconstitucionalidad en materia laboral
El tribunal porteño hizo lugar a la queja presentada por una aseguradora de riesgos del trabajo contra la denegación de un recurso de inconstitucionalidad en una controversia laboral.

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires admitió la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado y revirtió la decisión anterior que había rechazado el acceso a esa vía de impugnación en un litigio laboral entre una aseguradora y una trabajadora.
La controversia se originó en una causa promovida por una trabajadora contra Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. en materia de beneficios derivados del régimen de riesgos del trabajo. La parte demandante había presentado un recurso conforme a la Ley 27348, que habilita el recurso de inconstitucionalidad ante el máximo tribunal local en cuestiones de derecho público que revistan importancia institucional o afecten derechos fundamentales.
La instancia inferior había denegado el acceso a ese recurso, impidiendo así que la aseguradora pudiera cuestionar la constitucionalidad de la decisión anterior. Ante esa negativa, se interpuso la queja, herramienta procesal que permite impugnar la denegación de un recurso ante el mismo tribunal superior.
El fallo del TSJ CABA admitió la queja y, en consecuencia, hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad que había sido rechazado en primera instancia. De esta manera, el tribunal porteño restituyó a la aseguradora la posibilidad de que sus argumentos sobre vicio constitucional en la resolución atacada fueran examinados por el máximo tribunal local.
La decisión se inscribe en la jurisprudencia del TSJ CABA en materia de acceso a recursos de control de constitucionalidad, reafirmando que las denegaciones de admisibilidad deben ser escrutinadas cuando existan indicios de violación de derechos o cuestiones de importancia institucional que justifiquen la revisión.
El expediente, registrado con el número 66439/2025 ante el fuero laboral, queda así abierto a la fase de sustancia del recurso de inconstitucionalidad ante el tribunal cimero porteño.
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