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Nacional

Tribunal Superior de Justicia CABA — Derecho Laboral

TSJ CABA admite queja y acoge recurso de inconstitucionalidad en materia laboral

El tribunal porteño revirtió el rechazo de un recurso de inconstitucionalidad en una causa entre un trabajador y una ART, fijando criterios sobre la procedencia de esta vía en conflictos laborales.

Por Redacción·23 de junio de 2026·Rol 64293/2025
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El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires admitió una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado y, en consecuencia, acogió el recurso de inconstitucionalidad que había sido rechazado en instancias anteriores.

El caso tiene origen en un conflicto laboral entre un trabajador y una aseguradora de riesgos del trabajo (ART). En la primera instancia se rechazó la admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la demandada, decisión que fue mantenida por la Cámara de Apelación correspondiente. Ante este panorama, la parte accionante dedujo queja ante el TSJ CABA cuestionando el denegamiento del recurso.

El tribunal cimero porteño analizó los presupuestos de procedencia del recurso de inconstitucionalidad conforme a la normativa local aplicable y concluyó que la denegación incurrió en un error al desestimar la admisibilidad de la vía. Según la decisión, existían cuestiones constitucionales relevantes que ameritaban el análisis por la máxima instancia del fuero local.

En su razonamiento, el TSJ CABA consideró que el recurso de inconstitucionalidad constituye una herramienta procesal esencial para la tutela de derechos constitucionales en el ámbito de la Ciudad, y que su denegamiento requiere una fundamentación rigurosa que acredite la ausencia de verdaderas cuestiones constitucionales en juego. El tribunal sostuvo que en el caso bajo análisis tal fundamentación rigurosa no había sido proporcionada por las instancias inferiores.

La decisión revierte así el criterio restrictivo que había predominado en las instancias anteriores respecto de la admisibilidad del recurso en materia laboral, sentando un precedente sobre los estándares que deben observarse al momento de denegarAquella vía impugnativa en controversias de esta naturaleza.

El expediente tramitó bajo el número SAL nº 64293/0-2025 ante el TSJ CABA, originariamente designado como EXPTE. N° 14212/2023 en la instancia de origen.

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