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Nacional

Superior Tribunal de Justicia de Corrientes — Derecho penal

STJ de Corrientes ratifica condena a siete años por abuso sexual con acceso carnal

El tribunal rechazó los cuestionamientos de la defensa sobre la capacidad mental del condenado y confirmó que la pena se ajusta a los parámetros del Código Penal.

Por Redacción·23 de junio de 2026
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El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes rechazó de manera unánime el recurso de casación presentado por la defensa y dejó firme la condena a siete años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de abuso sexual con acceso carnal.

La decisión ratificó la sentencia que había dictado el Tribunal Oral Penal N° 2 de Corrientes. Los hechos juzgados ocurrieron el 12 de octubre de 2018, cuando el condenado abusó sexualmente con acceso carnal de una menor de edad valiéndose de un engaño previo y aprovechando una relación de vecindad y un vínculo de confianza preexistente. La víctima se encontraba además en condiciones de especial vulnerabilidad.

La defensa había presentado varios planteos ante el STJ cuestionando la valoración de las condiciones de salud mental y la capacidad de culpabilidad del condenado al momento de los hechos, la incorporación de informes médicos y psicológicos forenses, y solicitando una revisión a la baja del monto de la pena por estimar que carecía de fundamentación suficiente. También formuló objeciones vinculadas al reconocimiento filiatorio de una menor.

Tras analizar los argumentos presentados, el tribunal consideró que la defensa no logró acreditar arbitrariedad ni vicios jurídicos en la sentencia de origen. En cuanto a la capacidad mental del condenado, el STJ señaló que "en ninguna etapa del proceso se demostró que presentara una alteración que le impidiera comprender la criminalidad de sus actos o dirigir sus acciones". Los informes especializados confirmaron que el condenado contaba con la madurez necesaria para afrontar el reproche penal.

El tribunal descartó asimismo la afectación al derecho de defensa y consideró que la pena de siete años se ajusta a los parámetros establecidos en los artículos 40 y 41 del Código Penal, que regulan la determinación de la pena en función de las circunstancias del caso y la culpabilidad del autor.

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