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Responsabilidad objetiva de dueños: condenan a pagar $4 millones por mordedura de perro
Un juzgado civil de Mercedes aplicó el régimen de responsabilidad objetiva y condenó a los propietarios a indemnizar a una mujer que sufrió lesiones graves tras ser atacada por tres canes sueltos mientras circulaba en motocicleta.

El Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes condenó a los dueños de tres perros a abonar más de cuatro millones de pesos a una mujer que padeció lesiones y secuelas permanentes tras ser atacada mientras transitaba en motocicleta.
El incidente ocurrió cuando la actora circulaba en una Honda 110 cc y pasó frente a la vivienda de los demandados. Tres canes —un Crestado Rodesiano, un Jack Russell Terrier y un mestizo— que se encontraban sueltos la atacaron. La mujer sufrió una mordedura profunda en el muslo izquierdo con evolución séptica, que requirió drenajes quirúrgicos, antibioticoterapia parenteral y ocho meses de rehabilitación kinesiológica.
El tribunal clasificó al animal como "cosa riesgosa" por su sola condición, prescindiendo de acreditar culpa de los dueños. En su considerando central, el fallo sostiene que "en el presente caso, resulta acreditado en primer lugar, que el animal agresor (perro) es en sí mismo, una cosa riesgosa".
Aunque los demandados reconocieron la propiedad del Crestado Rodesiano y la mordedura, negaron la participación de los otros dos animales e imputaron la reinfección a la falta de reposo de la víctima. El tribunal rechazó estas defensas y aplicó responsabilidad objetiva conforme a los artículos 1757 y 1759 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece que "toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas que tiene bajo su guarda".
La pericia médica oficial determinó una incapacidad parcial y permanente del cinco por ciento: uno por ciento por defecto estético leve (cuatro cicatrices lineales) y cuatro por ciento por síndrome doloroso crónico postraumático de rodilla izquierda. La pericia veterinaria policial confirmó la presencia de tres canes en el predio de los accionados y las lesiones compatibles con sus características.
Durante la audiencia, el veterinario subcomisario Luis Alberto Lotero explicó que el Crestado Rodesiano es una raza de gran porte (hasta 60 kg los machos) con fuerte instinto de presa que, en jauría, incrementa su agresividad.
El magistrado también señaló que la ordenanza municipal vigente prohíbe dejar animales sueltos en la vía pública, obligación que los demandados incumplieron. "La falta de contención física y de medidas de seguridad elementales configura una culpa grave, suficiente aun en el marco de la responsabilidad objetiva para reafirmar también la atribución subjetiva de responsabilidad", concluyó.
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