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Nacional

Superior Tribunal de Justicia Chubut — Derechos Fundamentales

Nulidad de juicio político: el STJ de Chubut ordena restitución de jueza tras vicio procesal

El tribunal declaró la nulidad de la destitución de Mariel Suárez por falta de garantías constitucionales, pese a no pronunciarse sobre los hechos que motivaron el jury de enjuiciamiento.

Por Redacción·06 de junio de 2026
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El Superior Tribunal de Justicia de Chubut anuló el pronunciamiento que destituía a la jueza Mariel Suárez en noviembre de 2023 y ordenó su restitución inmediata en el cargo, en una sentencia que privileg los requisitos constitucionales por encima de consideraciones sobre el fondo de los hechos denunciados.

La resolución, unánime y suscrita por los ministros Javier Raidan y Andrés Giacomone junto a tres jueces de Cámara subrogantes, fue dictada por un vicio procesal grave detectado durante el jury de enjuiciamiento que la Magistratura integró en 2023. El caso tuvo origen en la difusión, a principios de ese año, de una grabación interna del Instituto Penitenciario Provincial que mostraba a la jueza en contacto físico con un condenado a prisión perpetua durante una visita fuera del horario habitual.

El punto crítico que llevó a la nulidad no fue la conducta cuestionada, sino la composición y desenvolvimiento del tribunal encargado de juzgarla. El entonces ministro del STJ Daniel Báez, quien había elaborado el sumario previo y formulado valoraciones públicas sobre el caso, integró como presidente el jury de enjuiciamiento y emitió el voto desempate que decidió la destitución. El STJ consideró que esa participación comprometía "la apariencia de objetividad" exigible a quien debe juzgar y que una adecuada valoración de la recusación planteada por la defensa habría evitado el vicio.

La sentencia contiene una aclaración institucional relevante: la nulidad declarada no implica pronunciamiento alguno sobre la responsabilidad o inocencia de Suárez respecto de los hechos que motivaron el procedimiento disciplinario. El tribunal enfatizó que todo proceso de "semejante trascendencia institucional" debe desarrollarse con "estricto respeto de las garantías constitucionales", un criterio que sitúa el debido proceso por encima del mérito de las acusaciones.

La resolución ilustra la tensión entre la exigencia de imparcialidad procesal y la necesidad de juzgar conductas discutibles de magistrados. En este caso, el STJ privilegió la primera, reconociendo que una sentencia condenatoria emanada de un tribunal cuya imparcialidad estaba comprometida no puede sostenerse, más allá de cuál fuera el resultado material de la investigación.

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