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Nacional

La CSJN rechazó el recurso de queja de un condenado a prisión perpetua por travesticidio

El máximo tribunal federal desestimó los planteos de la defensa contra la condena de Rodrigo Keilis, hallado culpable de matar a Alejandra Salazar Villa por odio a su identidad de género.

Por Redacción·30 de mayo de 2026
Pensive Asian male lawyer in formal suit browsing netbook while sitting at table with decorative scale of justice and touching chin in contemplation
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de queja presentado por la defensa de Rodrigo Alejandro Keilis, condenado a prisión perpetua por el homicidio agravado de Alejandra Salazar Villa, una mujer travesti/trans asesinada en la Ciudad de Buenos Aires en diciembre de 2020.

El caso tuvo su origen en la condena dictada en 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.° 26, que halló a Keilis penalmente responsable del delito de homicidio agravado por violencia de género, en concurso real con hurto. Según quedó acreditado en el debate, el imputado acompañó a Salazar Villa hasta su domicilio de la Avenida Corrientes al 2200 bajo pretexto de ayudarla a llevar mercadería, ingresó a la vivienda y la mató asfixiándola con una bolsa de supermercado. Posteriormente se apoderó de un televisor y otros objetos del hogar antes de huir en un taxi hacia el barrio de Constitución.

Durante el juicio, el representante del Ministerio Público Fiscal subrayó el contexto estructural en que se produjo la muerte:

"Alejandra no ha podido escapar al destino predeterminado de la mayoría de las mujeres travestis y trans que viven en las condiciones mencionadas. Nos encontramos ante una muerte anticipada y violenta en manos de un varón que logra acceder con mucha facilidad a la esfera íntima, aprovechando de su confianza".

La defensa intentó revertir la sentencia a través de distintas vías recursivas. Primero planteó ante la Cámara Nacional de Casación Penal la inconstitucionalidad de los artículos 14 y 80 del Código Penal y del artículo 56 bis de la Ley 24.660, cuestionamiento que fue declarado inadmisible por mayoría. Luego interpuso un recurso extraordinario federal, que fue admitido parcialmente —solo en lo atinente al cuestionamiento a la imposición de la pena de prisión perpetua en el caso concreto— y denegado en cuanto al agravio por violación al principio de congruencia.

Contra esa denegatoria parcial, la defensa articuló el recurso de queja que llegó al alto tribunal. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que los agravios sobre ese punto fueron formulados en términos genéricos e insuficientes para habilitar su tratamiento, y en consecuencia desestimaron la presentación.

La decisión consolida la condena a prisión perpetua impuesta a Keilis y pone fin a la vía recursiva federal intentada por la defensa.

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