Nacional
Corte Suprema — Derecho Laboral
La CSJN rechazó el per saltum del Ejecutivo sobre la Ley de Modernización Laboral
Los ministros Rosatti, Lorenzetti y Rosenkrantz coincidieron en que no se verifican los requisitos procesales para habilitar el salto de instancia. La causa regresa al circuito ordinario.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de per saltum presentado por el Poder Ejecutivo Nacional para obtener un pronunciamiento directo y urgente sobre la validez de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, según informó Diario Judicial.
Los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz suscribieron la decisión, al entender que el Ejecutivo no había satisfecho los recaudos exigidos por la normativa procesal vigente. En ese sentido, el tribunal señaló que:
"No se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia".
El conflicto se originó en las semanas posteriores a la sanción de la ley. Un juez de primera instancia del fuero laboral había declarado la inconstitucionalidad de gran parte de sus artículos, a raíz de una acción promovida por la Confederación General del Trabajo (CGT). La medida cautelar dictada en ese marco suspendió más de ochenta disposiciones que modificaban aspectos centrales de las relaciones laborales, entre ellos el régimen de indemnizaciones por despido, el período de prueba, el banco de horas y las restricciones al ejercicio de la huelga en servicios esenciales.
Días después, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo otorgó efecto suspensivo a la apelación deducida por el Estado, lo que supuso una modificación transitoria del panorama cautelar. Fue en ese contexto que la Procuración del Tesoro de la Nación, el 16 de abril pasado, impulsó el per saltum ante la Corte, con el argumento de que la situación revestía "notoria gravedad institucional" y que la incertidumbre jurídica afectaba la implementación de una política económica central para la generación de empleo formal.
El máximo tribunal no ingresó al análisis de fondo del planteo y circunscribió su decisión a la inadmisibilidad formal del recurso intentado. Con el rechazo, la causa retorna al trámite judicial ordinario, donde la controversia sobre la constitucionalidad de la norma deberá continuar resolviéndose por las vías procesales habituales.
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