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La Corte confirmó la absolución del psiquiatra que atendía al autor del crimen frente al MALBA
Por mayoría de tres votos, el alto tribunal rechazó los recursos de fiscalía y querella y dejó firme el pronunciamiento absolutorio dictado en favor del profesional Jorge Monforte.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la absolución del psiquiatra Jorge Monforte, quien atendía a Rodrigo Facundo Roza, el hombre que en septiembre de 2020 asesinó al inspector de la Policía Federal Juan Pablo Roldán frente al Museo de Arte Latinoamericano de Buenos Aires (MALBA).
El caso tuvo origen en los hechos ocurridos el 28 de septiembre de 2020, cuando Roza, armado con un cuchillo de carnicero, amenazó a transeúntes en la intersección de Avenida Figueroa Alcorta y San Martín de Tours, en el barrio porteño de Palermo. Durante el operativo policial destinado a reducirlo, apuñaló en el pecho al inspector Roldán, integrante del Cuerpo de Policía Montada de la Policía Federal, quien falleció horas después a causa de una hemorragia interna y externa. Roza se atendía con Monforte desde 2014 y había sido diagnosticado con un "trastorno esquizofrénico de tipo paranoide continuo". Días antes del ataque, familiares del paciente habían advertido al psiquiatra que Roza había interrumpido su medicación y presentaba delirios persecutorios.
Tanto la fiscalía como la querella impugnaron la absolución que el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 28 dictó en favor de Monforte, decisión que fue posteriormente confirmada por la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional. La causa llegó así a la instancia extraordinaria ante el máximo tribunal federal.
La mayoría, integrada por los ministros Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti junto al conjuez Jorge Morán, rechazó ambas presentaciones. En el caso del recurso impulsado por la fiscalía, el tribunal aplicó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y declaró inadmisible el recurso extraordinario. Lorenzetti acompañó ese rechazo con una aclaración propia: recordó que la desestimación mediante el artículo 280 "no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida". El recurso presentado por la querella, en tanto, fue rechazado por incumplimientos formales vinculados con la Acordada 4/2007 de la Corte.
En minoría quedaron el presidente del tribunal, Horacio Rosatti, y la conjueza Carolina Robiglio, quienes sostuvieron que correspondía hacer lugar a las quejas, revocar la sentencia y ordenar un nuevo pronunciamiento. Esa postura coincidió con el dictamen de la Procuración General, suscripto por el procurador Eduardo Casal, que señaló que el profesional habría incumplido deberes elementales ante una situación de urgencia psiquiátrica y cuestionó el desconocimiento de aspectos básicos de la Ley de Salud Mental.
Con la decisión de la mayoría, la absolución del psiquiatra Monforte quedó definitivamente firme. La información fue publicada originalmente por Diario Judicial.
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