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Nacional

Corte Suprema — Derecho del Consumidor

La Corte anula sentencia por omisiones sustanciales en caso de pasajes aéreos

El máximo tribunal consideró arbitraria la decisión que resolvió parcialmente una demanda contra una plataforma de viajes por restricciones durante la pandemia, al advertir graves deficiencias en el análisis de cuestiones clave planteadas por el demandante.

Por Redacción·30 de junio de 2026
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La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto una sentencia que había hecho lugar parcialmente a una demanda de resarcimiento interpuesta contra una plataforma de comercio electrónico de viajes, al considerar que la decisión incurrió en graves omisiones al no pronunciarse sobre planteos sustanciales formulados por el actor.

El caso se originó a raíz de la adquisición de pasajes aéreos que no pudieron ser utilizados debido a las restricciones impuestas durante la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus. En primera instancia, el tribunal admitió parcialmente la demanda resarcitoria, decisión que fue cuestionada por la parte demandante a través de recurso extraordinario.

El Máximo Tribunal consideró que la sentencia exhibía "graves falencias". El tribunal advirtió que el juez había omitido analizar el planteo de actualización o repotenciación de las sumas reclamadas, pese a que el actor había promovido oportunamente la inconstitucionalidad de la Ley 23.928. Además, la Corte cuestionó el monto de condena fijado y destacó que un peritaje contable había confirmado la suma abonada por el actor al adquirir los pasajes, pero la sentencia estableció una indemnización inferior sin brindar los fundamentos correspondientes.

Otro aspecto que el tribunal supremo señaló como omitido fue el planteo referido al supuesto trato desigual e indigno denunciado por el demandante como fundamento principal de su acción resarcitoria, en el marco de la relación de consumo existente entre las partes. La Corte consideró que esta cuestión resultaba sustancial para la resolución del caso y no debería haber sido soslayada.

En consecuencia, el Máximo Tribunal ordenó el dictado de una nueva sentencia que aborde íntegramente los planteos formulados por el actor, bajo apercibimiento de incurrir nuevamente en arbitrariedad procesal. La decisión refuerza el estándar de control sobre la suficiencia argumentativa de las sentencias y el deber de los tribunales de pronunciarse sobre las cuestiones sustanciales presentadas por las partes, particularmente en materia de derechos del consumidor.

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