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Nacional

Cámara Federal de Comodoro Rivadavia — Derecho Ambiental

La Cámara Federal revocó la cautelar que suspendía la aplicación de la Ley de Glaciares en Santa Cruz

El tribunal rechazó la medida que ordenaba frenar la norma nacional 27.804, considerando que no existe peligro inminente de daño. Los glaciares, según la sentencia, permanecen protegidos por leyes provinciales y nacionales vigentes.

Por Redacción·03 de junio de 2026
Stunning view of the Perito Moreno Glacier in Santa Cruz, Argentina, showcasing its icy beauty.
Imagen referencial

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó íntegramente la medida cautelar que mantenía suspendida la aplicación de la Ley de Glaciares (27.804) en la provincia de Santa Cruz. El tribunal, integrado por los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, consideró que no se encuentra acreditado un peligro de daño inminente que justifique paralizar una norma sancionada por el Congreso de la Nación.

La decisión revierte la cautelar dictada anteriormente por el juez federal de Río Gallegos, Claudio Vázquez, quien había ordenado la suspensión de la ley tras una demanda presentada por el municipio de El Calafate y legisladores locales.

El tribunal hizo especial énfasis en el rigor técnico y en la división de poderes. Al revocar la medida, subrayó que los glaciares en Santa Cruz no se encuentran desamparados, ya que existen "capas de protección" establecidas por leyes provinciales y nacionales anteriores a la reforma cuestionada. De este modo, el tribunal rechazó el argumento de que la norma nacional generaría un vacío legal en materia de preservación ambiental.

La Procuración del Tesoro de la Nación celebró el fallo y lo interpretó como un firme respaldo al Estado Nacional en defensa del "modelo argentino de federalismo de concertación ambiental". Según su postura, la sentencia avala un enfoque que combina competencias nacionales y locales en la regulación de recursos ambientales.

La decisión constituye un precedente importante en materia de control de constitucionalidad y medidas cautelares. La Cámara aplicó criterios stringentes para evaluar la procedencia de una medida que suspenda la ejecución de una ley sancionada por el Poder Legislativo, enfatizando que tal acción requiere acreditación clara y concreta del daño irreversible.

El fallo deja abierta la puerta a que la controversia continúe en sus aspectos de fondo, pero desactiva de inmediato la suspensión de la norma nacional. La Ley de Glaciares 27.804 recupera así su vigencia plena en Santa Cruz, materia que ha generado tensiones entre el gobierno nacional y los actores locales vinculados al turismo y la actividad extractiva.

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