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Nacional

Cámara Comercial — Recursos de inconstitucionalidad

La Cámara Comercial rechaza recurso de inconstitucionalidad con doctrina del TSJ porteño

La Sala E desestimó el planteo del INSSJP al considerar que no reunía los requisitos exigidos para prosperar, apoyándose en precedentes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

Por Redacción·07 de julio de 2026
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La Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial rechazó un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por una parte interesada y fundamentó su decisión con doctrina elaborada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. El pronunciamiento evidencia el diálogo jurisprudencial que mantiene el tribunal comercial federal con la máxima instancia local porteña.

Aunque los camaristas reconocieron que el recurso había sido deducido en tiempo y por una parte legitimada, concluyeron que no satisfacía los requisitos de admisibilidad. El fallo sostuvo que la doctrina de la arbitrariedad debe interpretarse de manera restrictiva y citó expresamente precedentes del TSJ para establecer que "no tiene por objeto corregir pronunciamientos equivocados o que el recurrente estime tales en relación a temas no federales, pues su procedencia requiere un apartamiento indudable de la solución normativa prevista para el caso, o una absoluta carencia de fundamentación".

La Cámara Comercial descartó además la existencia de gravedad institucional. Los agravios, consideró, no trascendían el interés particular de la parte recurrente. Aquí nuevamente el tribunal remitió a precedentes del TSJ para recordar que un recurso de inconstitucionalidad "no puede prosperar cuando no aparece respaldada por un fundamento idóneo para demostrar de qué manera la decisión recaída en el caso efectivamente incidiría sobre los intereses de la comunidad o principios institucionales básicos de la Constitución Nacional".

Los camaristas reproducieron además la doctrina porteña según la cual el TSJ "no es una tercera instancia ordinaria", sino que su competencia se circunscribe al examen de cuestiones constitucionales concretas. En ese sentido, descartaron que el recurso hubiera demostrado la existencia de un verdadero caso constitucional.

La Sala observó que el recurrente pretendía reabrir cuestiones de hecho, prueba e interpretación ya resueltas durante el proceso. Subrayó que los recursos de inconstitucionalidad exigen una fundamentación concreta y precisa. Para respaldar esa afirmación, volvió a remitirse a jurisprudencia del Tribunal Superior, que exige que "los recursos, además de contener afirmaciones, deben desarrollar argumentos que de manera plausible las fundamentan".

La decisión adquiere relevancia en el contexto de la discusión sobre competencia y jurisdicción entre tribunales federales y locales, y evidencia cómo la Cámara Comercial construye sus estándares de admisibilidad con base en la doctrina del máximo tribunal porteño.

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