Nacional
Cámara de Apelaciones — Transporte y plataformas digitales
El tribunal porteño ordena regular Uber: taxis y apps, hacia un marco legal común
La Sala II de la Cámara porteña rechazó demandas de ambos bandos y sentó un criterio: las plataformas deben cumplir con exigencias similares a taxis y remises, sin prohibición ni permiso irrestricto.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires volvió a intervenir en el conflicto entre el transporte tradicional y las plataformas digitales, dictando una sentencia que busca equilibrar los derechos de ambos sectores y sentar responsabilidades al Gobierno porteño.
El expediente reunía dos procesos colectivos antagónicos. El Sindicato de Peones de Taxis y otras entidades del sector denunciaban una "omisión manifiestamente ilegítima" del Gobierno de la Ciudad por permitir que Uber operara sin regulación, considerando que afectaba la seguridad y el orden público. En contraparte, conductores y asociaciones de consumidores reclamaban que se declarara lícita la actividad y se la liberara de las regulaciones aplicables a taxis y remises.
En primera instancia, el juez de grado rechazó ambas demandas. Reconoció que Uber infringía normas administrativas y de consumo, pero consideró que no había probada una omisión relevante del Estado en su deber de control, señalando la realización de inspecciones y operativos.
La Alzada llegó a conclusiones más severas. El tribunal advirtió que "el servicio prestado a través de plataformas, ante la falta de regulación del órgano competente", constituye el ejercicio de la actividad de transporte de pasajeros, sujeto a un régimen especial con exigencias estrictas. Enfatizó que durante años las plataformas operaron sin cumplir requisitos básicos —habilitaciones, seguros, licencias profesionales— que sí exigen taxistas y remiseros.
Esta situación generó, según el fallo, una desigualdad evidente que afecta el "equilibrio de las cargas públicas" e incide en la seguridad vial. El tribunal concluyó que la falta de regulación no implica ni prohibición ni libertad irrestricta, sino la obligación del GCBA de implementar un marco regulatorio.
Asimismo, ordenó al Gobierno que inicie actuaciones administrativas para determinar obligaciones tributarias pendientes y dispuso que se implementen campañas públicas informando a usuarios sobre los riesgos de contratar servicios prestados sin licencia de conductor profesional ni seguros.
La sentencia representa un punto medio entre prohibir y permitir sin regulación, reconociendo la novedad tecnológica pero manteniendo criterios de seguridad y formalidad que caracterizan al transporte tradicional.
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