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Nacional

Cuatro provincias impugnan ante la CSJN la disolución del fondo de bosques nativos

Buenos Aires, La Rioja, Santiago del Estero y La Pampa demandaron al Estado nacional por el decreto 888/24, que disolvió el FOBOSQUE. La Corte admitió su competencia originaria y corrió traslado al Ministerio de Economía.

Por Redacción·29 de mayo de 2026
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación admitió su competencia originaria en las causas promovidas por las provincias de Buenos Aires, La Rioja, Santiago del Estero y La Pampa contra el Estado nacional, a raíz del dictado del decreto 888/24, por el cual el Poder Ejecutivo dispuso la disolución del Fondo Fiduciario de Protección Ambiental de los Bosques Nativos (FOBOSQUE). El máximo tribunal corrió traslado al Ministerio de Economía para que responda las demandas en un plazo de 60 días.

El FOBOSQUE había sido creado en 2018 como instrumento para implementar medidas de protección de bosques nativos en el marco de la contribución nacional al Acuerdo de París. Su objetivo era mejorar la eficiencia y la transparencia en la administración de los recursos destinados a la conservación de esos ecosistemas, al tiempo que fortalecía la capacidad provincial para ejecutar proyectos de conservación, restauración y manejo sostenible.

Las provincias demandantes sostienen que la disolución del fideicomiso implicó la transferencia ilegítima al Tesoro Nacional de fondos con asignación específica, los cuales corresponden al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos (FNECBN), previsto en el artículo 30 de la ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, sancionada en 2007. En consecuencia, solicitaron que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 3 y 4 del decreto impugnado y que se restablezca la plena vigencia del FNECBN.

En el caso particular de la provincia de Buenos Aires, la demanda planteó que la medida nacional contraría la Constitución Nacional y los tratados internacionales suscriptos por el país, y que afecta directamente su "Plan Estratégico" provincial. Además, denunció que el Estado nacional no transfirió los montos correspondientes a los períodos 2023 y 2024, y peticionó una medida cautelar para ordenar la transferencia inmediata de esos recursos con sus intereses, hasta el dictado de la sentencia definitiva. Las restantes provincias presentaron planteos análogos.

En sintonía con el dictamen de la Procuración General de la Nación, el alto tribunal consideró que los hechos invocados justifican su intervención directa. También señaló que la solicitud de medida cautelar será evaluada una vez que el Estado nacional responda o venza el plazo otorgado. Por razones de economía procesal, adoptó idéntica decisión en los expedientes correspondientes a La Rioja, La Pampa y Santiago del Estero.

La información fue publicada por Diario Judicial. Puede consultarse la nota original en www.diariojudicial.com.

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