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Corte Suprema — Derecho Penal

Corte Suprema rechaza recurso y ordena reenvío a juicio en caso de robo

El máximo tribunal desestimó el planteo de la defensa y dejó firme la decisión de la Cámara Nacional de Casación Penal que anuló un acuerdo reparatorio y ordenó continuar el proceso penal contra los acusados.

Por Redacción·18 de junio de 2026
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso extraordinario interpuesto por la defensa y confirmó la resolución de la Cámara Nacional de Casación Penal que casó un acuerdo reparatorio y ordenó reenviar la causa al tribunal de origen para que continúe el trámite hacia juicio oral.

El tribunal cimero consideró que el planteo defensista no estaba dirigido contra una sentencia definitiva, ya que no había mediado intervención del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al criterio establecido en el precedente "Levinas". Con esta decisión, el proceso penal retorna al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 27, donde se definirá si los acusados deben enfrentar juicio oral y público.

Los hechos que originaron la causa remiten al 16 de marzo de 2024. Ese día, dos delincuentes siguieron a la víctima en el barrio porteño de Villa del Parque mientras retornaba en su vehículo. Utilizando un inhibidor de señal, impidieron que el automóvil se bloqueara con el control remoto; luego sustrajeron las llaves de la casa, la billetera con tarjetas bancarias y los documentos del vehículo. Una hora después accedieron al domicilio y se llevaron bienes de valor, dinero en efectivo y varias medallas.

A raíz de las imágenes de cámaras de seguridad fue detenido el primero de los acusados; un mes después capturaron al cómplice. En noviembre de 2024, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 27 hizo lugar a un mecanismo de conciliación, declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a ambos acusados, quienes aceptaron reparar el daño con 15.000 dólares.

La fiscalía apeló la decisión, sosteniendo que este tipo de acuerdos requiere el aval del Ministerio Público Fiscal, que no corresponde para delitos de esta entidad ni para imputados con antecedentes penales, y que el acuerdo se presentó de manera extemporánea, tras el cierre de la instrucción y el envío del caso a juicio.

En marzo de 2025, la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal hizo lugar al recurso fiscal, casó la resolución y ordenó reenviar el expediente al tribunal de origen para continuar el trámite. Además dispuso que los acusados volvieran a ser detenidos; en el caso de uno de ellos, que se encontraba en libertad, se ordenó su captura.

La defensa recurrrió ante la Corte Suprema, pero el máximo tribunal desestimó el recurso sin hacer lugar al planteo.

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