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Corte Suprema — Derecho Penal
Corte Suprema confirma condena a nueve años por homicidio en el Delta
El máximo tribunal dejó firme la pena impuesta al conductor de una lancha que causó la muerte de tres personas en 2016. Se agotó la vía recursiva tras el rechazo de la defensa.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó los recursos presentados por la defensa y dejó firme la condena a nueve años de prisión por homicidio simple en el caso de una colisión entre embarcaciones ocurrida en el Delta de Tigre. Con esta decisión, se agotó la vía recursiva y quedó habilitada la ejecución de la orden de detención.
El tribunal rechazó la queja de la defensa mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. La sentencia condenatoria había sido dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de San Isidro a fines de 2023, luego confirmada por el Tribunal de Casación Penal bonaerense en octubre de 2025 y por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en igual fecha.
Los hechos se remontan a la madrugada del 31 de marzo de 2016. Según la reconstrucción efectuada durante el proceso, una embarcación conducida por el condenado emergió de manera sorpresiva y a gran velocidad en el Canal Vinculación, impactando sobre el lateral de otra lancha que transportaba a cinco ocupantes. El impacto ocasionó la muerte de tres personas: dos de la embarcación embestida y una del vehículo del acusado.
Durante el juicio, la defensa argumentó que se trataba de un accidente inevitable. Sin embargo, los magistrados concluyeron que las circunstancias acreditadas en el debate excedían el marco de un mero hecho culposo y justificaban la atribución de una conducta dolosa. Los testimonios incorporados describieron a los tripulantes de la embarcación del condenado como exaltados en los momentos previos al choque. Aunque los estudios toxicológicos arrojaron resultados negativos, uno de los acompañantes reconoció haber consumido alcohol antes de iniciar la navegación.
La decisión fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Con el pronunciamiento de la Corte, quedó configurada la sentencia definitiva e irrecurrible, permitiendo así la materialización de la detención del condenado.
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