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Nacional

Cámara Federal de Casación Penal — Derecho Indígena

Contradicciones normativas debilitan acusación estatal en causa mapuche

La Sala II de la CFCP absolvió a seis personas condenadas por usurpación de tierras. El fallo expone las inconsistencias de política pública entre gobiernos sobre reclamos territoriales indígenas.

Por Redacción·15 de julio de 2026
Two university students walking down stairs in a historic building in Buenos Aires, Argentina.
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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal absolvió recientemente a seis personas que habían sido condenadas por usurpar tierras vinculadas a un reclamo territorial mapuche en la región de Lago Mascardi, en la Patagonia. Más allá de las cuestiones de responsabilidad penal de los acusados, la resolución pone de manifiesto una serie de contradicciones en la política estatal respecto de los reclamos de posesión y propiedad comunitaria indígena.

El marco normativo que rige estas cuestiones se remonta a 2006, cuando el Congreso Nacional sancionó la Ley 26.160, que declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de tierras comunitarias indígenas y suspendió los desalojos mientras el Estado realizaba un relevamiento de los reclamos pendientes. Concebida originalmente para durar cuatro años, la norma fue prorrogada sucesivamente por el Congreso en 2009, 2013 y 2017, y en 2021 mediante decreto se extendieron sus efectos hasta fines de 2024.

Este panorama comenzó a modificarse a fines de 2024 con el Decreto 1083/2024, que introdujo una redefinición de la política estatal. El decreto argumentó que la sucesión de prórrogas "ha generado inseguridad jurídica y una grave afectación al derecho de propiedad de los legítimos dueños" e identificó lo que calificó como "connivencia" entre ese régimen normativo y "grupos amparados circunstancialmente bajo normativa aplicable a pueblos indígenas" que "avasallaron los derechos de la ciudadanía".

La inestabilidad normativa se evidencia aún más en los actos concretos del Ejecutivo Nacional. En 2023, organismos del Poder Ejecutivo celebraron un acuerdo conciliatorio con comunidades mapuches, entre ellas las que ocupaban terrenos en Lago Mascardi, reconociéndoles el valor comunitario de las tierras en disputa. Sin embargo, en 2024 las nuevas autoridades de Parques Nacionales retiraron esa conformidad, desconociendo los efectos del acuerdo previo.

Esta secuencia de cambios de rumbo normativo y administrativo debilitó sustancialmente la posición del Estado Nacional en la acusación penal contra la comunidad mapuche que ocupaba los predios de Lago Mascardi, generando consecuencias jurídicas que la propia lógica de la acusación estatal tornó insostenibles ante el tribunal cimero penal.

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