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Nacional

Cámara Comercial — Protección al Consumidor

Cámara Comercial ratifica competencia para juzgar demanda colectiva contra aerolínea por sorteo engañoso

La Sala F confirmó que el fuero comercial interviene en la acción de PROCONSUMER contra Flybondi por la promoción fraudulenta del concurso vinculado a la membresía "Club Flybondi".

Por Redacción·16 de julio de 2026
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La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó su competencia para entender en la acción colectiva iniciada por la Asociación Protección Consumidores del Mercado Común del Sur (PROCONSUMER) contra FB Líneas Aéreas S.A. por la promoción de un sorteo de pasajes vinculado a la membresía "Club Flybondi". Con esta decisión, el tribunal rechazó la excepción de incompetencia que había opuesto la aerolínea y coincidió con la postura de la fiscal general ante la Cámara Comercial, Gabriela Boquin, titular del Programa para la Protección de Usuarios y Consumidores.

La demanda colectiva persigue que la empresa entregue gratuitamente los pasajes prometidos a los socios de la membresía que se hubieran inscripto en el sorteo promocionado entre el 1 y el 11 de febrero de 2024, reintegre el dinero abonado por quienes pagaron por participar y abone daño punitivo. Según los hechos alegados, Flybondi promocionó un concurso que prometía entregar 6.666 pasajes diarios durante seis días a quienes completaran un formulario. Sin embargo, para participar era requisito ser socio del "Club Flybondi", una membresía arancelada con costo anual de $13.499 al momento de los hechos. Los consumidores denunciaron que, tras pagar la afiliación, no pudieron completar el formulario porque el sitio web se encontraba caído. Además, sostuvieron que nunca se publicó la lista de ganadores del concurso.

El reclamo calificó los hechos como una "estafa al consumidor". La aerolínea argumentó que la controversia involucraba cuestiones de derecho aeronáutico que correspondían a la justicia federal, y no a la justicia comercial. Sin embargo, los camaristas que integraron la Sala F resolvieron que la materia de debate no exige la aplicación de normas de derecho aeronáutico porque lo que se discute no es el contenido del servicio de transporte aéreo, sino el presunto incumplimiento de normas de protección al consumidor derivado de la publicidad y la ejecución del concurso.

En su consideración, los magistrados sostuvieron que 'la cuestión ventilada no se encuentra vinculada intrínsecamente con las normas que regulan el transporte aéreo sino de forma más genérica con una práctica comercial que se denuncia como contraria a la Ley de Defensa del Consumidor'. Por esa razón, concluyeron que corresponde la intervención del fuero comercial. Los jueces remarcaron además que el hecho de que el premio consistiera en pasajes aéreos no resulta suficiente para desplazar la competencia hacia la justicia federal. Con esta confirmación de competencia, la causa continúa su trámite en la Cámara Comercial.

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