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Nacional

Cámara Comercial — Responsabilidad bancaria

Cámara Comercial condena a HSBC por falla en detección de fraude electrónico

La Sala C revocó una sentencia de primera instancia y responsabilizó al banco por no alertar sobre operaciones inusuales detectadas en su propio sistema de monitoreo.

Por Redacción·15 de junio de 2026
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La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó la sentencia de primera instancia y condenó a HSBC Bank Argentina a abonar $2.244.000 por los daños ocasionados a una clienta que fue víctima de una maniobra de phishing.

El caso se originó cuando la usuaria, engañada mediante una estafa telefónica que simulaba un reintegro de Telecentro, facilitó a un tercero desconocido sus datos de acceso bancario, incluyendo usuario, contraseña y código de activación del dispositivo de seguridad. Con esa información, los estafadores ejecutaron cinco transferencias que totalizaron $1.464.000 desde su cuenta.

El juez de primera instancia rechazó la demanda argumentando que la víctima fue quien proporcionó voluntariamente todos los datos necesarios para que terceros operaran en su cuenta. Sin embargo, la Cámara Comercial adoptó un criterio distinto y señaló que se trató de "una actividad inusual que debió haber sido advertida oportunamente por la entidad financiera pero no sucedió".

El tribunal destacó que la propia investigación interna del banco evidenciaba circunstancias irregulares que debieron activar mecanismos de prevención. Los jueces mencionaron que las operaciones se realizaron desde direcciones IP no habituales para la usuaria, con conexiones detectadas en Córdoba y Estados Unidos, además de ejecutarse cinco transferencias sucesivas a distintos destinatarios en pocos minutos. El tribunal sostuvo que "no existía prueba de que la clienta hubiera recibido de manera efectiva advertencias específicas sobre la necesidad de no compartir credenciales o códigos de seguridad".

La Cámara concluyó que la entidad incumplió tanto su deber de seguridad como su deber de información. En consecuencia, revocó la decisión de grado y condenó al banco a reintegrar el dinero sustraído más una indemnización por daño moral, por un total de $2.244.000.

No obstante, el tribunal rechazó los rubros adicionales reclamados por la clienta: pérdida de chance, daño punitivo y rectificación de información crediticia.

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